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Política
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En la previa electoral, el Senado sesionaría esta semana

A un mes de las de las elecciones primarias, abiertas, simultáneas y obligatorias (Paso) del próximo 12 de septiembre, el Senado sesionaría el próximo jueves con un temario acotado. Según pudo saber AIM, se tratarán pliegos de los judiciales y dos proyectos que buscan limitar la tasa de interés por mora en el pago de servicios públicos y privados.

El Senado sesionará este jueves, a un mes de las Paso, por lo que se prevé que el debate este signado por el escenario electoral.

En el recinto se tratarán iniciativas del oficialista Oscar Parrilli, las que buscan limitar la tasa de interés por mora en el pago de servicios públicos y privados. Los proyectos, a los que tuvo acceso AIM, incorporarán la tasa de interés para personas humanas, porque eso le da mayor claridad.

De acuerdo con el texto, “la tasa de interés moratorio y punitorio deberá aplicarse: a las tarjetas de crédito emitidas por entidades bancarias, por empresas de crédito o por proveedores no financieros de crédito; a las facturas de servicio por medicina prepaga y a las empresas de seguros de cualquier rubro en relación a usuarios y consumidores particulares, en ningún caso podrá exceder la tasa pasiva de personas humanas para depósitos a 30 días del Banco de la Nación Argentina, correspondiente al último día del mes anterior a la efectivización del pago, no pudiéndose cobrar ningún tipo de cargos extras por gastos administrativos o por cualquier otro concepto”.

Asimismo, “la fecha del primer vencimiento de las facturas de todos los servicios enunciados en el párrafo precedente no podrá ser anterior al día 10 de cada mes”.

“El Poder Ejecutivo Nacional determinará las autoridades de aplicación que deben dictar, en el ámbito de sus competencias, las reglamentaciones y/o resoluciones correspondientes”, establece, e indica que las empresas que en el plazo de 30 días desde la publicación de la ley no adecuen sus facturas a la tasa de interés correspondiente “serán sancionadas con multas de cuatro a 48 Salarios Mínimo, Vital y Móvil”.

También, en todos los casos, las empresas prestadoras de estos servicios deberán otorgar a sus usuarios particulares “planes de facilidades de pago para cancelar las deudas, conforme las pautas que establezcan las autoridades de aplicación de los marcos jurídicos relativos a los servicios involucrados”.

Por otra parte, en lo que respecta a los servicios públicos, se modifica el artículo 31 de la Ley de Defensa del Consumidor (24.240), incorporando que “la tasa de interés moratoria y/o punitoria por mora que podrán aplicar las empresas prestadoras de servicios públicos esenciales, así como las de servicios públicos esenciales de televisión por cable, servicio de internet y servicio de telefonía móvil y fija, a todas las categorías de usuarios residenciales, organizaciones no empresariales, clubes de barrio y de pueblo, iglesias, entidades de bien público y colectivos de trabajo en ningún caso podrá exceder la tasa pasiva de personas humanas para depósitos a 30 días del Banco de la Nación Argentina”.

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