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Política
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Mario Negri planteó una moción de censura a Juan Manzur

El presidente del bloque de diputados nacionales de la UCR acusa al jefe de Gabinete de haber violado la Constitución Nacional, por no concurrir desde hace un año a la Cámara baja.

El presidente del bloque UCR en Diputados, Mario Negri, presentó un proyecto de resolución en el que plantea una moción de censura contra el jefe de Gabinete, Juan Manzur, por violar el artículo 101 de la Constitución, que establece la obligación de rendir cuentas mensualmente -de manera alternada- en ambas cámaras legislativas. En once meses concurrió apenas una sola vez al Senado y todavía no pisó la Cámara de Diputados. Para peor, anticipó que faltará a la cita que tenía prevista para fin de mes y la postergó para septiembre, lo que hizo estallar de furia a la oposición.

“Manzur asumió en septiembre de 2021, es decir que lleva casi un año en el cargo. Han cambiado los ministros de muchas áreas, pero no la Jefatura de Gabinete. Es poco razonable que no pueda responder las casi 4.000 preguntas que se le formularon. Si el número es tan alto es justamente por la demora exorbitante en cumplir con el artículo 101 de la Constitución Nacional”, enfatizó el cordobés en referencia a los argumentos que dio el tucumano sobre el cambio de la fecha para asistir a brindar el informe.

"No debe perderse de vista que más allá de que el Jefe de Gabinete es nombrado por el Presidente de la Nación, el artículo 101 de la Constitución Nacional lo expuso a responsabilidad ante el Congreso. El Poder Legislativo puede someterlo a la moción de censura para su eventual remoción", advirtió el opositor cordobés.

En el proyecto de resolución, Negri subrayó que desde que asumió, Manzur “compareció solo una vez ante el Senado y nunca en la Cámara de Diputados. Da la impresión que el jefe de Gabinete de ministros no comprende cabalmente que en tanto funcionario público se encuentra sometido a la Constitución. Concurrir a rendir el informe del artículo 101 no es una opción, sino su obligación”.

El artículo 101 de la Constitución establece que el jefe de Gabinete “debe concurrir al Congreso al menos una vez por mes, alternativamente a cada una de sus cámaras, para informar de la marcha del Gobierno, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 71”.

Asimismo, el artículo contempla que “puede ser interpelado a los efectos del tratamiento de una moción de censura, por el voto de la mayoría absoluta de la totalidad de los miembros de cualquiera de las Cámaras, y ser removido por el voto de la mayoría absoluta de los miembros de cada una de las Cámaras”. Es decir, si la oposición en la Cámara de Diputados juntara 129 legisladores, pueden aprobar la moción para interpelarlo.

Cámara de Diputados de la Nación

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