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Anmat prohibió dos aceites de oliva y varios suplementos dietarios

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) prohibió este jueves la venta en todo el país de dos marcas de aceite de oliva y de varios suplementos dietarios. Así quedó plasmado en las Disposiciones 10734/2024; 10736/2024 y 10732/2024 publicadas hoy en el Boletín Oficial.

En la primera de ellas la Anmat prohibió la "elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional, y en plataformas de venta en línea, del producto: 'Aceite de oliva extra virgen marca Valle Gran'; Elaborado: RNPA 180001695; Fraccionado: FECOAGROS; Rodríguez s/n, Santa Lucía, San Juan, Argentina; RNE 18000615".

La prohibición alcanza a todas sus presentaciones, lotes y fechas de vencimiento, "por carecer de registros de establecimiento y de producto, y por estar falsamente rotulado al exhibir en su rótulo un número de RNE dado de baja y un número de RNPA inexistente". Por todo ello, advirtió la Anmat, se trata de un "producto ilegal" del que se desconocen sus condiciones de producción y es por lo tanto potencialmente perjudicial para la salud de quienes lo consuman.

En tanto, la Disposición 10736/2024 avanza en la prohibición de "la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional, y en plataformas de venta en línea, el producto: 'Aceite de Oliva Sabor Clásico Extra Virgen, marca Olivos San Cayetano', Elaborado y Fraccionado por Establecimiento, RNE: 13004677, RNPA: En trámite, Hab. Municipal 855 933 A 2011, Origen: Maipú, Mendoza".

La prohibición alcanza a todas sus presentaciones, lotes y fechas de vencimiento, "por carecer de registros de establecimiento y de producto, y por estar falsamente rotulado al exhibir en su rótulo un número de RNE dado de baja y un número de RNPA inexistente".

Por todo ello, advirtió la Anmat, se trata de un "producto ilegal" del que se desconocen sus condiciones de producción y es por lo tanto potencialmente perjudicial para la salud de quienes lo consuman.

Por último, la Disposición 10732/2024 prohíbe "la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional y en plataformas de venta en línea de los productos: 'Suplemento Alimentar marca Ak3 Gold'; Producto 100% natural; Isento de registro de conforme RDC N° 27 de 2010 e 240 de 2018; 'Ak3 Suplemento Alimentar Gold - Extra Forte'; Producto 100% Natural; 'Ak3 Suplemento Alimentar em Cápsulas - Melatonina'; Producto 100% Natural; zero Gluten; 'Ak3 Touro Viril'; zero Lactose; zero Gluten; 'Ak3 Castanha da Índia'; Uso oral; Uso Adulto; Producto 100% Natural; 'Ak3 Emagrecedor Power Fit'; Producto 100% Natural; zero Lactose; zero GLUTEN; 'Ak3 Salve gripe'; Cúrcuma; Vitamina C e Limao; Gripe e Resfriado y 'Ak3 Dores Total'.

La prohibición alcanza a todas sus presentaciones, lotes y fechas de vencimiento, "por carecer de Registro Nacional de Establecimiento (RNE) y Registro Nacional de Producto Alimenticio (RNPA)".

Por todo ello, advirtió la Anmat, se trata de productos ilegales de los que se desconocen sus condiciones de producción y son por lo tanto potencialmente perjudiciales para la salud de quienes lo consuman.

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