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Las denuncias del denunciado: El caso de la psicóloga sancionada por proteger a una niña

La especialista en abuso sexual infantil Natalia Amatiello rechaza la actuación del Tribunal de Ética del Colegio. La psicóloga afronta una sanción del Tribunal de Ética del Colegio de Psicólogos de la segunda circunscripción ante la denuncia de un hombre acusado de abuso sexual “gravemente ultrajante” contra su hija de cuatro años.

La profesional presentó un largo escrito en su defensa, al entender que el Tribunal cometió irregularidades que se contraponen con lo dispuesto por la propia Federación de Psicólogos de la República Argentina (Fepra), que emitió un comunicado el 14 de diciembre de 2019, ante los reiterados ataques “personales y profesionales” contra las profesionales que intervienen en situaciones de abuso sexual infantil. El fenómeno es parte del denominado backlash, una reacción organizada para detener los avances de las investigaciones sobre violaciones a la integridad sexual de las infancias. Amatiello interpuso la nulidad de lo actuado, ya que las afirmaciones de su denunciante son falsas. La acusa de actuar sin su consentimiento, pero él mismo firmó en Tribunales que llevaría a la niña a continuar el tratamiento. La profesional fue convocada por el Tribunal Colegiado de Familia número 3, y actuó con la anuencia del padre y la madre de la nena.

Según la presentación de la profesional ante su Colegio, la madre le informó posteriormente sobre su preocupación porque la niña había hecho manifestaciones que permitían pensar en una situación de abuso sexual. Por ello, realizó intervenciones –siempre desde su disciplina– en los expedientes en el fuero civil por violencia familiar y en el penal por abuso sexual gravemente ultrajante. No era una opción, sino el cumplimiento de las obligaciones legales que indican las leyes nacional y provincial de protección integral de la infancia. Incluso, su actuación está amparada por el Código de Ética de Fepra.

Amatiello tiene una larga trayectoria en el trabajo y la investigación del abuso sexual contra las infancias. Es invitada a actividades internacionales de prestigio. El año pasado participó del XXVII Congreso de Prevención y Atención del Maltrato Infantil, organizado por la Asociación Afecto, de Colombia. El ataque contra esta profesional es parte de un embate organizado, al punto que Fepra debió expedirse a fines de 2019 en defensa de todas las profesionales –en una abrumadora mayoría mujeres-- que son denunciadas y perseguidas por intervenir en situaciones de abuso sexual infantil.

“Como no es posible desconocer, la posibilidad de abuso sexual de una niña de 4 años, configura una catástrofe para la integridad emocional de la posible víctima, al tiempo que implica un riesgo que obliga a la intervención inmediata de les profesionales adecuados. Es la ley. Es la normativa aplicable al caso en nuestro país. La ratio legis de la obligatoriedad de las formas del proceso es asegurar la defensa en juicio de la persona y de sus derechos, principio consagrado en la Constitución Nacional”, arguye la psicóloga en su presentación ante el Tribunal de Ética, que fue rechazado en un escrito muy breve, firmado por la psicóloga Patricia Real, en el que se alude a la falta de presentación de las pruebas que se refieren. Pero Amatiello llevó el escrito en persona, y preguntó si hacía falta que adjuntara una impresión de las pruebas, y la respuesta fue negativa.

Amatiello, que se vio obligada a contratar abogadas para defenderse, también cuenta con el aval de profesionales de amplia trayectoria en esta temática como el ex juez Carlos Rozansky, autor del libro Abuso sexual infantil, denunciar o silenciar; el psicoanalista Juan Carlos Volnovich, una de las diez Personas Clave de Infancia en Argentina del Instituto Interamericano del Niño, organismo especializado de la Organización de Estados Americanos (OEA); la psicóloga Sonia Vaccaro; el abogado Luis Horacio Santucho y la médica psiquiatra Isabel Cuadros Ferré. De hecho, ofreció sus testimonios como prueba de lo infundado de las acusaciones, pero la respuesta del Tribunal fue que no tenían relación con los “hechos denunciados”, y por ende consideró que la prueba testimonial era “improcedente”.

El corazón de la defensa de Amatiello es que “los psicólogos podrán intervenir sin el consentimiento del o los consultantes en casos de catástrofes, urgencia y o situaciones de riesgo”. Considera que “es extraña la omisión, ya que su cita obliga al siguiente análisis inevitable”. De hecho, aunque el denunciante había dado su consentimiento –según mostró con documentación variada– siendo justamente que se está investigando un delito que pudo haber cometido, ese consentimiento no es necesario.

“El abuso sexual en las infancias es una indudable catástrofe para la mente de las niñas y niños que lo padecen”, refiere la profesional, quien sostiene que “la intervención ante la noticia de esa posibilidad es de extrema urgencia” y recuerda que “la situación de una niña cuando hay sospechas de abuso, es de alto riesgo”. Por eso, les recuerda a las integrantes del Tribunal de Ética que “si bien la norma sólo requiere una de las hipótesis enumeradas (por eso dice y/o), lo cierto es que en el caso se dan las tres. Salvo, claro está, que las Sras. Juezas consideren que el abuso en las infancias es un fenómeno que no presenta ninguna de las tres características expresadas que habilitan al psicólogo/a a actuar sin consentimiento”.

La defensa de Amatiello, que tiene casi 50 páginas, se refiere exclusivamente a la denuncia recibida en su Colegio profesional, ya que su actuación en las causas civil y penal no es en calidad de denunciante, sino como perito profesional. “Aunque puede resultar obvio, cabe resaltar que resulta imposible no considerar en riesgo la situación de una niña de 4 años que la justicia sospecha fundadamente fue víctima de gravísimos delitos sexuales de parte de su padre. Es precisamente el riesgo aludido el que motiva la intervención urgente de las distintas áreas correspondientes (justicia de familia, penal, terapéutica, etc.). Ambas hipótesis, riesgo y urgencia han sido precisamente tenidas en cuenta en la normativa que rige la salud y a las que alude el propio código de ética invocado en estas actuaciones. A ella, se agrega la asociación de los síntomas de abuso sexual en las infancias con las catástrofes, por parte nada menos que de Naciones Unidas”.

Además, Amatiello asegura que el Colegio le retaceó su derecho a la defensa. “La imputación de haber violado el Código de Ética, sin siquiera desarrollar mínimamente en qué circunstancia basan su sospecha de que no soy consciente de mi ‘posición asimétrica’, que a eso se refiere la norma, me impide ensayar defensa alguna”. “Reitero que realicé toda la actividad de protección integral que me correspondía respecto de la niña con suma prudencia, pericia y sin negligencia alguna. Ese objetivo de protección integral es tanto un imperativo legal como ético”.
Por Sonia Tessa para Página 12

Natalia Amatiello Fepra psicologa sancionada abuso infantil

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