La Cámara de Diputados dio media sanción hoy, sin el acompañamiento de los bloques opositores, al proyecto de ley que reglamenta el mecanismo constitucional por el cual tres declaraciones reiteradas de inconstitucionalidad del Superior Tribunal de Justicia (STJ) pueden derogar una norma. La iniciativa, remitida por el poder Ejecutivo, reglamenta el artículo 60 de la Constitución provincial y excluye de manera explícita los fallos dictados en procesos de amparo. El texto pasó en revisión al Senado, registró AIM.
La defensa del proyecto estuvo a cargo de la presidenta de la comisión de Asuntos Constitucionales, Juicio Político, Poderes y Reglamento, Gabriela Lena, quien sostuvo que "ninguna norma puede mantenerse vigente si contradice nuestra Constitución" y explicó que la iniciativa "viene a reglamentar el último párrafo del artículo 60 de nuestra Constitución, incorporado con la reforma del 2008, que después de casi dos décadas todavía no contaba con una herramienta legal que lo hiciera plenamente operativo".
La legisladora oficialista remarcó que "la Constitución fue clara cuando estableció que, luego de tres declaraciones firmes de inconstitucionalidad dictadas por el Superior Tribunal de Justicia, la norma debía perder vigencia", aunque admitió que "faltaba responder preguntas esenciales, como de qué manera se comunicaban las sentencias, qué requisitos debían cumplirse, quién declaraba producido ese efecto y desde cuándo debía regir la norma". Y remató: "Esto es lo que hoy venimos a regular".
Ante los cuestionamientos que anticipaba de la oposición, Lena buscó despejar dudas sobre el alcance del proyecto: "No se crea una nueva facultad para el Poder Judicial, no se modifica el texto de la Constitución y tampoco se altera el equilibrio de los poderes del Estado. Lo que hace este proyecto es brindar reglas claras para cumplir con un mandato que la propia Constitución ya había establecido". En esa línea, defendió el rigor de los requisitos incorporados: "No cualquier declaración será suficiente. Se establecen estándares más elevados para una decisión de enorme trascendencia institucional, que es la derogación de una norma general".
La titular de la comisión también destacó la creación de un registro público como garantía de transparencia: "Este proyecto responde a esa demanda mediante la creación de un registro público, electrónico y gratuito de sentencias firmes de inconstitucionalidad. Puede parecer un detalle técnico, pero no lo es: resulta impensable que las normas dejen de tener vigencia sin que los ciudadanos lo sepan con absoluta claridad". A la vez, subrayó que la iniciativa protege situaciones jurídicas ya consolidadas: "La derogación producirá efectos hacia el futuro, preservando las situaciones jurídicas consolidadas, los derechos adquiridos y los actos firmes. De este modo se evita generar incertidumbre, conflictos innecesarios o consecuencias patrimoniales que podrían afectar al Estado, a los municipios, a las comunas o a los propios ciudadanos".
"Preocupa que se declare inconstitucional una ley sancionada por la Legislatura"
El bloque Más para Entre Ríos fue el que planteó los cuestionamientos más duros al proyecto y no acompañó la iniciativa. Su presidenta, Laura Stratta, señaló a esta Agencia que la bancada rechazó el texto "porque entendemos que cuando uno reglamenta un artículo de la Constitución no puede contrariar lo que la Constitución manda" y precisó que, "en función de lo que hemos estudiado y de lo que nos han advertido varios de nuestros asesores, varias partes del articulado contrarían justamente lo que manda la Constitución".
La legisladora advirtió además sobre el escaso debate previo a la votación: el proyecto "pone en riesgo la constitucionalidad de una ley; por eso creemos que debería haber tenido un poco más de debate, que no lo tuvo, y más aportes que podrían haberla mejorado en función de la escucha atenta y de lo que venimos reclamando desde acá".
La legisladora fue categórica al plantear su principal objeción de fondo: "Nos preocupa justamente que se declare inconstitucional una ley sancionada por la Legislatura, sobre todo cuando estamos abordando temas de estas características". Y agregó un cuestionamiento técnico sobre la operatividad de la norma constitucional: "Hasta el artículo 270 de la Constitución, todos los artículos son operativos; recién se reglamentan a partir del 280. O sea que también están forzando algo que no es necesario y que contraría lo que dice la Constitución".