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Economía
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Buscan la “Amnistía fiscal” para pequeños contribuyentes

El titular de la Cámara de Diputados, Sergio Massa, presentó en las últimas horas un proyecto para otorgar una “amnistía fiscal” para pequeños contribuyentes, tanto pymes como asociaciones sin fines de lucro, entre otros. El beneficio estará centrado en aquellos que poseen deudas de hasta $100.000. Asimismo, estipula la ampliación de la moratoria.

Según el texto, señala como objetivo “el fortalecimiento de la reactivación económica y dar una señal clara para la salida de la Pandemia”, para lo cual impulsa una condonación de pasivos vinculados a Ganancias e IVA para entidades como Mipymes, clubes de barrio, bomberos y ONG, cuyo monto no supere los $100.000 al 31 de agosto.

"Se condonan las deudas tributarias, aduaneras y de la seguridad social para las entidades que conforman el Sistema 'Nacional de Bomberos Voluntarios (Snbv), previsto por la ley 25.054 y toda otra entidad sin fines de lucro, incluidas organizaciones comunitarias inscriptas como fundaciones, asociaciones civiles, simples asociaciones y entidades con reconocimiento municipal", expresa el proyecto que ingresó en la noche del lunes al parlamento.

Del mismo se desprende que el beneficio alcanzará a unas 45 mil entidades sin fines de lucro, cuya deuda total con Afip asciende a los $15.000 millones. La mayor parte de estas deudas operativamente no constituyen un costo fiscal porque Afip nunca ejecuta deudas de este tenor para este tipo de organizaciones. La oposición había presentado hace menos de cuatro meses un proyecto ampliando la moratoria que tienen a Cristian Ritondo, entre algunos de los firmantes.

El de Massa prevé que se condonen las deudas de Mipymes y contribuyentes de ganancias e IVA pero que deban menos de $100 mil. El cálculo de beneficiarios alcanza a tres millones de contribuyentes (sin considerar los 4,1 millones de monotributistas), de los cuales, 900 mil tienen deuda liquida y exigible con Afip (deuda, en condiciones de ser ejecutada). De esos 900 mil contribuyentes, 600 mil tienen deudas inferiores a $100 mil y acumulan una deuda total de $13.000 millones, en total. De manera que con un esfuerzo fiscal proyectado de $13.000 millones se deja en cero la deuda liquida y exigible de 600 mil contribuyentes (un promedio de $21 mil por contribuyente), es el cálculo en el que se apoya el proyecto de ley.

También se deja abierta la puerta para evaluar ampliar o limitar el beneficio a los sectores más afectados por la pandemia: comercio minorista, restaurantes.

En su articulado, se prevé la ampliación de la moratoria para deudas vencidas entre el 1 de agosto de 2020 y el 31 de agosto de 2021 “para la salida de la pandemia”. En la actualidad, la deuda corriente pospandemia asciende a $290 mil millones, concentrada en Mipymes. Ese importe equivale al 36 por ciento de la recaudación mensual promedio (hoy en $825.000 millones). Cuando se sancionó la moratoria de diciembre de 2019, ese índice era similar (40,5 por ciento). La propuesta ingresada es ampliar la anterior ley, pero reduciendo la cantidad de cuotas a la mitad y así evitar que los contribuyentes refinancien la deuda de la moratoria anterior.

Ampliación de moratoria
Por otro lado, el proyecto prevé extender y al mismo tiempo ampliar la moratoria sancionada en principio en diciembre del 2019 a través de la ley 27.541, de Solidaridad Social y Reactivación Productiva en el Marco de la Emergencia Pública, y modificada posteriormente por la ley 27.562 a raíz de la pandemia. "La anterior moratoria incluía deuda vencida hasta el 31 de julio de 2020: esta amplia para deudas desde el 1 de agosto de 2020 al 31 de agosto de 2021", señala el texto.

El período de alcance por las obligaciones vencidas será desde el 1 de agosto de 2020 al 31 de agosto de 2021 y se podrá incluir las infracciones relacionadas con la moratoria mencionada, para aquellos se acogieron a la misma. Además, permitirá sumar a este régimen "la refinanciación de planes de pago vigentes y las deudas emergentes de planes caducos, cuando la caducidad haya acaecido dentro de las fechas indicadas en el párrafo anterior".

Asimismo, la cancelación de la deuda mediante la moratoria prevé la suspensión de las acciones penales, tanto tributarias como aduaneras que se encuentren en curso, como también la suspensión de la interrupción de la prescripción penal referido a delitos vinculados a las obligaciones mencionadas.

Por otro lado, señala que, en caso de ser aprobado el proyecto, los planes de pago que dispondrá la Afip tendrán un plazo máximo de 36. 60 o hasta 120 cuotas, dependiendo de la categoría del contribuyente. La primera, vencerá no antes del 16 de noviembre de 2021. Respecto a la tasa de interés, explicita que "será fija, del dos por ciento mensual, durante las seis primeras cuotas resultando luego de aplicación la tasa Badlar en moneda nacional de bancos privados".

Al mismo tiempo, estipula la caducidad de los planes de pago en caso de que se distribuyan dividendos o utilidades a sus accionistas o socios o socias "en los términos de los artículos 49 y 50 de la Ley del Impuesto a las Ganancia", mientras esté en vigencia el plan y por los 24 meses siguientes. En tanto que también prevé una situación similar en caso del acceder al Mercado Único y Libre de Cambios para realizar pagos de beneficios no habilitados en el proyecto.

De acuerdo a cifras oficiales, la moratoria sancionada en el 2020 permitió la regularización de deuda por $533.000 millones, mediante 1,2 millones de planes de/pago. El sector pyme abarca al 69 por ciento de la deuda regularizada. Asimismo, el sector manufacturero encabezó los rubros que más deuda presentaron al regularizar pasivos por más de $109 mil millones, lo cual representa el 20,5 por ciento del monto total consolidado, seguido de Comercio con un monto superior a los $88 mil millones, mientras que las entidades sin fines de lucro representaron 26.000 planes de pago por unos $37.000 millones.

Alivio fiscal

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