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Regulan el servicio de transporte de personas con discapacidad

La ordenanza comprende el traslado regular u ocasional de personas en tal situación o con dificultades para su desplazamiento de manera permanente o temporal. [{adj:53516 alignright}]

El Departamento Ejecutivo de Paraná promulgó la ordenanza Nº 9.840, autoría de las edilas María Marta Zuiani (Cambiemos) y Elsa Salazar (Paraná de Pie), por la cual se crea en el ámbito de la ciudad de Paraná un Servicio de Transporte Especial Adaptado, destinado al traslado regular u ocasional de personas con discapacidad o de aquellas con dificultades para su desplazamiento de manera permanente o temporal.

Podrán ser titulares de licencias para la prestación del mismo, las personas físicas o jurídicas que tengan domicilio en esta capital, incluyendo a los titulares de licencias de transporte escolar, taxis y empresas de remises, cuyos vehículos reúnan las condiciones exigidas por la presente norma.

El número máximo de licencias no superará el diez por ciento de taxis actualmente habilitados, no pudiendo otorgarse más de dos licencias por titular.

El otorgamiento de las mismas se efectuará mediante la inscripción previa en un registro creado a tal efecto por la autoridad de aplicación y la consiguiente emisión de un certificado numerado correlativamente.

Los vehículos a utilizar para la prestación del servicio deberán garantizar al usuario el espacio suficiente para su comodidad y la del acompañante, debiendo posibilitar además transportar sillas de ruedas, otro elemento y/o perros guías.

Las unidades afectadas deberán tener una antigüedad no mayor a diez años contados a partir del 1º de enero del año del chasis. Una vez vencido dicho plazo se procederá a su baja en forma automática.

El Departamento Ejecutivo Municipal reglamentará las características técnicas y modelos de los vehículos y del equipamiento, en un plazo no mayor a 60 días de promulgada la presente ordenanza.

Estos deberán contar además con sistema de localización satelital con conexión al Centro de Control de la Autoridad de Aplicación.

La tarifa del servicio será acordada por el transportista con los usuarios, estando obligado a entregar factura y/o ticket, debiendo contar con sistema de postnet para la utilización de tarjetas de débito o crédito.

 

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