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Aduana frustró el contrabando de mercadería de gran valor histórico

Inspectores de la Aduana que cumplían funciones en el Paso Fronterizo Internacional Bernardo de Irigoyen - Dionisio Cerqueira descubrieron mercadería de gran valor histórico en el automóvil de un ciudadano que intentaba salir del país sin declararla debidamente.

Las agentes especializados de la Dirección General de Aduanas-AFIP estaban inspeccionando vehículos que cruzaban hacia Brasil cuando una camioneta Ford Ranger con matrícula argentina se presentó en el área de control. Ante la pregunta del personal de la Aduana, el conductor -un ciudadano argentino radicado en Brasil- inicialmente afirmó que no tenía nada para declarar.

No obstante, los agentes aduaneros realizaron una revisión de los bultos que transportaba y rápidamente comenzaron a constatar mercaderías en infracción del régimen de equipaje.

En primer lugar, hallaron 21.900 dólares, cifra que excede el límite de divisas que se permite retirar del territorio nacional sin declarar (10 mil dólares).

En segundo lugar, descubrieron joyas de oro, vajilla y artículos de platería antigua.

Asimismo, había libros publicados hace más de 100 años, en 1905, considerados bienes culturales.

Especialistas de la Aduana estiman que el precio combinado de la mercadería encontrada asciende a $10.000.000; pero se cree que en el mercado informal podría incluso multiplicarse por dos o tres.

Así, el valor de las mercancías (que también incluían dos armas de aire comprimido) excede ampliamente la franquicia admitida para egresos del país por vía terrestre, de 300 dólares. A su vez, la cantidad y variedad de los productos que el ciudadano argentino llevaba consigo permite presumir que estaban siendo exportados con fines comerciales, lo cual constituye una infracción adicional al régimen de equipaje. Y cabe destacar, está prohibido el egreso de bienes culturales por esa vía.

En efecto, los agentes de la Aduana labraron actuaciones por infracción al régimen de equipaje de salida: en los términos del artículo 979 del Código Aduanero y la Resolución y en línea con la Resolución Sobre el Tráfico Ilícito de Bienes Culturales de la Organización Mundial de Aduanas, incautaron tanto las divisas como la totalidad de la mercadería no declarada, que quedaron a disposición del juez administrativo de turno.

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