Condenaron a un expolicía federal y a tres exgendarmes a 25 años de prisión por crímenes de lesa humanidad en el circuito represivo Atlético, Banco y Olimpo. Los fundamentos se darán a conocer el 8 de marzo de 2024.
El Tribunal Oral Federal N°2 de la Ciudad de Buenos Aires condenó ayer a 25 años de prisión al exagente de la Policía Federal Argentina Carlos Alberto Infantino y a los exgendarmes Miguel Pablo Lugo, Sergio Raúl Nazar y Hugo Luis Medina en el marco del quinto tramo de la causa por el funcionamiento del circuito represivo de los centros clandestinos de detención Atlético, Banco y Olimpo (ABO), dependientes de la jurisdicción del Primer Cuerpo de Ejército, que en este juicio abordó las privaciones ilegales de la libertad, los tormentos, los homicidios, las violaciones y los abusos sexuales en perjuicio de 385 víctimas.
Por otro lado, el tribunal dispuso la absolución e inmediata libertad del exgendarme Miguel Víctor Pepe.
Durante el juicio Intervino el fiscal general Alejandro Alagia, el auxiliar fiscal Agustín Vanella y la auxiliar fiscal Berenice Timpanaro, integrantes de la Unidad de Asistencia para causas por Violaciones a los Derechos Humanos durante el Terrorismo de Estado.
La jornada de juicio de ayer se realizó de forma virtual. Comenzó en la mañana con las últimas palabras de los imputados y concluyó al mediodía con la lectura de la sentencia. Los fundamentos se darán a conocer el 8 de marzo del año que viene.
Condenas
El tribunal, integrado por Jorge Gorini, Rodrigo Giménez Uriburu y Nicolás Toselli, calificó a los hechos juzgados como constitutivos de crímenes de lesa humanidad. Luego, impuso 25 años de prisión a:
El exinspector de Superintendencia de Seguridad Federal (SSF) de la Policía Federal Carlos Alberto Infantino por considerarlo coautor penalmente responsable del delito de privación ilegítima de la libertad, agravada por haber sido cometida por funcionario público con abuso de sus funciones o sin las formalidades prescriptas por la ley y por mediar violencia y amenazas, en concurso ideal con el delito de imposición de tormentos agravados en relación con las condiciones de cautiverio impuestas, reiterado en 279 ocasiones de las cuales 130 se encuentran agravadas por su duración mayor a un mes; e imposición de tormentos agravados por la condición de perseguido político de la víctima en 279 ocasiones.
El tribunal indicó que estos delitos concurren materialmente entre sí, y que a su vez concurren en forma ideal con el delito de abuso deshonesto agravado reiterado en nueve ocasiones, y con el delito de violación agravado por grave daño a la salud y por el concurso premeditado de dos o más personas en 16 ocasiones.
El exgendarme Miguel Pablo Lugo y al exprimer alférez Sergio Raúl Nazar, al considerarlos como coautores, y el excomandante Hugo Luis Medina, por considerarlo partícipe necesario. del delito de privación ilegal agravada por haber sido cometida por funcionario público con abuso de sus funciones o sin las formalidades prescriptas por la ley, y por mediar violencia y amenazas, en concurso ideal con el delito de imposición de tormentos agravados en relación con las condiciones de cautiverio impuestas, reiterado en 124 ocasiones, de las cuales 90 se encuentran agravadas por su duración mayor a un mes, e imposición de tormentos agravados por la condición de perseguido político de la víctima en 124 ocasiones.
El tribunal indicó que esos delitos concurren materialmente entre sí y en forma ideal con el delito de abuso deshonesto agravado en un hecho y con el delito de violación agravado por grave daño a la salud y por el concurso premeditado de dos o más personas reiterado en siete ocasiones.
El tribunal asimismo absolvió al exsargento Miguel Víctor Pepe en relación a lo hechos por los que le fue acusado y dispuso su inmediata libertad y el levantamiento de las medidas cautelares oportunamente dictadas a su respecto en esta causa.
Por otra parte, los jueces declararon extinta la acción penal respecto del expolicía federal José Ahmed, miembro a la época de los hechos de la SSF, quien falleció durante el debate.
En otro punto de la sentencia, el tribunal ordenó se comunique lo resuelto al Ministerio de Seguridad de la Nación, al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación y al Ministro de Defensa de la Nación, y que se dé cumplimiento al procedimiento de baja por exoneración de los condenados.
El circuito represivo ABO
El centro clandestino de detención denominado “Atlético” o “Club Atlético” funcionó desde mediados de 1976 hasta diciembre de 1977 en los sótanos de la División Suministros de la Policía Federal, en un predio situado entre las calles Paseo Colón, San Juan, Cochabamba y Azopardo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. El lugar fue luego abandonado, dado que su ubicación estaba en el área de trazado de la autopista “25 de Mayo”, obra que se ejecutó meses después y que implicó la demolición de la edificación. Las víctimas allí “alojadas” fueron conducidas transitoriamente al CCD “Banco”, mientras se avanzaba en la preparación del predio de “Olimpo”.
El funcionamiento de “Banco”, en consecuencia, tuvo lugar entre fines de 1977 y mediados de 1978 en un predio ubicado a 200 metros de la intersección de la Autopista Ricchieri y el Camino de Cintura, en Puente 12, partido de La Matanza, provincia de Buenos Aires. Se encontraba rodeado por construcciones antiguas pertenecientes a la Policía de la provincia de Buenos Aires, donde luego se instaló la XI Brigada Femenina de esa fuerza de Seguridad. Sin embargo, una vez acondicionada la planta ubicada en las calles Lacarra y Ramón Falcón de esta ciudad -División Mantenimiento de Automotores de la PFA-, el 16 de agosto de 1978 se inició la actividad de “Olimpo”, que culminó a inicios de 1979 con el desmantelamiento del lugar.
De acuerdo con la acusación fiscal, en "Olimpo" el sistema organizativo represivo ilegal contaba con una mayor organización que en los predios anteriores. A modo de amedrentamiento, el CCD tenía una sala de inteligencia con un cartel que rezaba “Bienvenido al Olimpo de los Dioses”, firmado por “Los Centuriones”.