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Una empresa extranjera realizará perforaciones en las Islas Malvinas y Cancillería repudió el anuncio

Desde el Gobierno señalaron que la firma Navitas Petroleum opera ilegítimamente en territorio argentino y no cuenta con permisos de exploración y explotación de hidrocarburos de la autoridad competente.

La Cancillería Argentina repudió este miércoles a las actividades ilegales llevadas a cabo por la empresa de origen israelí Navitas Petroleum LP en las Islas Malvinas, y detalló que la firma opera ilegítimamente en territorio argentino y no cuenta con permisos de exploración y explotación de hidrocarburos de la autoridad competente.

Desde el Gobierno recordaron que en abril de 2022 se declararon “ilegales las actividades desarrolladas en la Plataforma Continental Argentina por la empresa Navitas Petroleum LP”. La empresa extranjera no está habilitada para ello por las autoridades competentes, y se la inhabilitó por el término de 20 años para desarrollar actividades en territorio argentino.

La inhabilitación fue la culminación de un proceso administrativo en enero de 2020 que incluyó la remisión de notas de desaliento a la empresa, que meses más tarde fue debidamente notificada de la mencionada resolución a través de nuestra Embajada en Israel, según detallaron.

La ley 26.659 establece las condiciones para la exploración y explotación de hidrocarburos en la plataforma continental argentina, entre las cuales se encuentra la obligatoriedad de obtener permisos previos a la realización de dichas actividades y dispone sanciones por su incumplimiento. La normativa prohíbe además “tener participación directa o indirecta en personas jurídicas, nacionales o extranjeras, que desarrollen actividades hidrocarburíferas en la Plataforma Continental Argentina sin haber obtenido la habilitación pertinente emitida por autoridad competente argentina, o que presten servicios para dichos desarrollos”.

De este modo, Cancillería recordó que las actividades unilaterales de exploración y explotación de recursos naturales desarrolladas por el Reino Unido en la zona disputada resultan contrarias a lo dispuesto en la resolución 31/49 de la Asamblea General que solicita a las partes que se abstengan de tomar decisiones que entrañaran la introducción de modificaciones unilaterales en la situación mientras las Islas estuvieran atravesando el proceso recomendado por la Asamblea General.

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