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Política
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Buscan crear un sistema de alerta móvil de tormentas

A partir de un proyecto de ley, se busca crear el sistema de alerta móvil (SAM) para la difusión de mensajes de alerta masiva a toda la población o parte de ella mediante redes de comunicaciones móviles, para zonas afectadas o posiblemente alcanzadas por una emergencia o catástrofe, de origen natural o derivados de la actividad humana, supo AIM.

El proyecto de ley, al que tuvo acceso AIM, establece que el alcance del SAM podrá ser local, regional o nacional y su activación se realizará a través del sistema de alerta temprana en el marco del Sistema Nacional para la Gestión Integral del Riesgo y la Protección Civil (Sinagir) establecido por la Ley 27.287.

Según el proyecto, el SAM tiene como objetivo la difusión de la alerta a través de mensajes de texto cortos sobreimpresos en las pantallas de los dispositivos móviles y precedidos de un sonido inequívoco, en tiempo real y con la finalidad de proteger a la población en la prevención y respuesta ante situaciones de inseguridad y/o emergencias que requieran un abordaje inmediato y urgente por parte de las autoridades y/o servicios competentes.

También propone que la autoridad de aplicación sea el Ministerio de Seguridad de la Nación que deberá elaborar protocolo de métodos y criterios para la activación del SAM, identificando un procedimiento en casos de máxima urgencia; listado de entidades y/u organismos que pueden solicitar la activación de un mensaje a través del SAM; formularios y procedimientos de solicitud de activación de mensajes; metodologías para la autorización y difusión de los mensajes SAM; procedimientos de almacenamiento y resguardo de datos recopilados que resulten a través de su uso y procesamiento, como parte del funcionamiento del sistema SAM, de conformidad con la legislación vigente sobre manejo y protección de datos personales; realización de actividades de capacitación y concientización a la población sobre el SAM.

Además, plantea que las redes y sistemas que contemplen componentes de instalaciones o equipamientos indispensables en relación a la operación del SAM deberán asegurar la continuidad de su funcionamiento en situaciones de emergencia, por plazo no menor a 48 horas, ante fenómenos de la naturaleza considerables, fallas eléctricas generalizadas u otras situaciones de catástrofe y/o emergencia.

Al respecto, aclara que en ningún caso podrá ser utilizado para emitir mensajes de naturaleza comercial y/o política y tampoco emitir mensajes relacionados a cuestiones de seguridad no oficiales ni públicas.

En caso de existencia de áreas carentes de cobertura donde no resulte factible la implementación del SAM, propone que las provincias y municipios garantizarán -ante la solicitud de un operador-, la celeridad en la concesión de la licencia urbanística y/o permisos necesarios para la instalación de la antena y el equipamiento asociado en un periodo menor a seis meses.

Tormentas

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