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Política
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Buscan incorporar la perspectiva de género a la legítima defensa

En el marco de la conmemoración del Ni Una Menos, las comisiones de Legislación Penal y de Mujeres y Diversidad de la Cámara de Diputados dictaminaron un proyecto que busca incorporar la perspectiva de género al concepto de legítima defensa del Código Penal, supo AIM.

El texto modifica el artículo 34 del Código Penal para incorporar la perspectiva de género en la regulación de la legítima defensa como eximente de la responsabilidad penal.

Según el proyecto, al que tuvo acceso AIM, la modificación implica que tanto jueces, juezas como fiscales y fiscalas tengan que analizar el contexto de violencia que padecía la mujer previo a encuadrar el caso en uno de los supuestos de la legítima defensa.

El proyecto de ley plantea sustituir el inciso artículo seis del artículo 34 del Código Penal. “Se entenderá que concurren estas circunstancias respecto de aquel que durante la noche rechazare el escalamiento o fractura de los cercados, paredes o entradas de su casa, o departamento habitado o de sus dependencias, respecto de aquél que encontrare a un extraño dentro de su hogar, siempre que haya resistencia y respecto de las conductas para impedir agresiones físicas en un contexto de violencia de género en el ámbito intrafamiliar, cualquiera que sea el daño ocasionado al agresor”.

Cabe aclarar que la legítima defensa presupone un estado de necesidad proveniente de la amenaza de que se sufrirá un mal grave e inminente generado por una agresión antijurídica y no provocada que permita la defensa de bienes jurídicos, aun mediante la realización de conductas típicas, siempre que el que se defienda no haya debido optar por una conducta menos lesiva.

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