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Política
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Cepa advierte la subejecución en materia alimentaria y social

La Emergencia Social que nunca se ejecutó, así se titula el informe del Centro de Economía Política Argentina (Cepa) que analiza las partidas presupuestarias previstas en la Ley de Emergencia Social y su implementación, para el período 2016-2019. Por Valentín Ibarra, para AIM. 

Foto: ilustración.
Foto: ilustración.

El proyecto original de Ley de Emergencia que en septiembre 2016 presentó J. M. Abal Medina tuvo dos ejes ambiciosos: la creación de un millón de puestos de trabajo cobrando el Salario Mínimo Vital y Móvil que alcanzaba 8060 pesos en enero de 2017 para un trabajo de ocho horas y el aumento de 15 por ciento de la Asignación Universal por Hijo (AUH) en los tres años sucesivos (un porcentaje adicional al aumento bianual previsto por ley). A esto se agregaba un tercer tema, una suba del 50 por ciento para las partidas alimentarias y nutricionales.

Sin embargo, en la norma no figuran estos puntos de manera taxativa ya que fueron eliminados en la negociación que se desarrolló en torno a la votación de la ley. El Acta Acuerdo firmado a fines de noviembre de 2016 entre el Gobierno Nacional y la Confederación de Trabajadores de la Economía Popular (Ctep) y la posterior ley estableció como eje principal “La autorización al Poder Ejecutivo Nacional -a los efectos de alcanzar los objetivos planteados en la norma- para reasignar partidas presupuestarias conforme lo establecido en el artículo 37 de la ley 24156 por hasta un monto de 25 mil millones de pesos durante el plazo de la emergencia social, indicando expresamente que si al final del segundo año se hubiera ejecutado dicho monto, el Poder Ejecutivo quedará autorizado a reasignar partidas por un monto de hasta 5 mil millones de pesos más”, por un plazo que finalizaba en diciembre de 2019. Adicionalmente, se permitía extender en otros 5000 millones de pesos “para el supuesto de haber sido ejecutado al 31 de diciembre de 2018 el nivel de gasto dispuesto en el artículo 8° de la presente ley, el Jefe de Gabinete de Ministros en uso de las facultades conferidas en el párrafo precedente efectuará las reestructuraciones presupuestarias que fueren necesarias a los efectos de proveer los fondos requeridos”. En el texto definitivo, también se sostuvo la creación del Registro de la Economía Popular y el Consejo de la Economía Popular.

 

“Art. 37, Ley 24.156: El Jefe de Gabinete de Ministros puede disponer


las reestructuraciones presupuestarias que considere necesarias


dentro del total aprobado por cada ley de presupuesto,


quedando comprendidas las modificaciones que involucren a gastos corrientes,


gastos de capital, aplicaciones financieras y distribución de las finalidades”


En políticas alimentarias un  aumento sin ejecutar

En lo referido a Políticas Alimentarias, el aumento de las partidas apenas orilla el 21 por ciento, en lugar del 50 por ciento previsto en el acta original.

Peor aún, la ejecución fue cercana al 75 por ciento, es decir, de unos 6800 millones de pesos. Es decir, el aumento de la partida ni siquiera se ejecutó. Algo parecido sucede en el año en curso. La ejecución al 10 de septiembre de 2019, que debería ser cercana al 70 por ciento, se encuentra alrededor del 58. En el caso particular de objeto de gasto alimentos para personas, dentro de la partida mencionada, la ejecución es de sólo el 45.

A lo largo de la gestión de Cambiemos, el ajuste vía pérdida de poder adquisitivo de las partidas referidas a la emergencia fueron una constante. Si se considera, por ejemplo, Apoyo al Empleo, la reducción real entre el presupuesto de 2017 y el de 2019 asciende a 30 por ciento, si se considera el presupuesto original, y 35 por ciento si se toma el presupuesto modificado a lo largo del año. En lo referido a Políticas Alimentarias, la reducción es de -18 por ciento y -1 por ciento, respecto de presupuesto original y modificado. Asimismo, se puede mencionar que otra partida que atiende la demanda urgente (Abordaje Territorial) ha sufrido una merma real de 77 y 86 por ciento en el presupuesto original y modificado respectivamente. Finalmente, es necesario mencionar que otras partidas del presupuesto han crecido sensiblemente, incluso por encima de la variación inflacionaria. Una de ellas, Servicios de Deuda, Deudas Directas de la Administración Central, creció en términos reales 46 por ciento en presupuesto original y 8 en el presupuesto modificado.

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