El Ministerio de Gobierno y Justicia informó que el Poder Ejecutivo vetó los artículos tres y cuatro del proyecto sancionado con fuerza de Ley por el que se dispone la creación del sistema público de recepción de denuncias y búsqueda de personas, confirmó AIM. El gobierno busca evitar que se democratice el organismo y sanciones a quienes omitan tomar denuncia.
El sistema público de recepción de denuncias y búsqueda de personas desaparecidas en la provincia “considerará persona desaparecida, a aquella cuyo paradero es desconocido, tanto para su familia o terceros interesados en su salud e integridad física y que denuncien la situación ante autoridad competente”.
El proyecto que logró la sanción de las Cámara fue vetado parcialmente en dos artículos que disponían la democratización del organismo y la que sancionaba a las autoridades que omitieran la recepción de la denuncia.
Precisamente, el artículo tercero enunciaba que el Registro “estará conformado por un integrante de la secretaría de Justicia, uno de la subsecretaría de Derechos Humanos, uno de la dirección General de Asistencia Integral a la Víctima y aquellas representaciones que el Poder Ejecutivo considere conveniente mediante vía reglamentaria”, y estaba “dotado de todas las facultades necesarias para la investigación y control de los casos de desaparición de personas”.
El otro artículo vetado es el cuarto, que fijaba que producida la desaparición, “la denuncia será tomada de forma inmediata y de carácter ‘urgente’. La presentación de la denuncia podrá hacerse de forma verbal o escrita, con o sin patrocinio letrado en todas las comisarías, fiscalías o juzgados de paz de la Provincia. El rechazo o la omisión en la recepción de la denuncia por parte de las autoridades policiales o de los funcionarios, será considerada falta grave en el cumplimiento de sus funciones. Cuando se tratase de una persona menor de edad desaparecida, se deberá poner en conocimiento de manera inmediata al Consejo Provincial del Niño, el Adolescente y la Familia”.
Ahora, que se notificará a las Cámaras de la derogación parcial, el cuerpo legislativo deberá sesionar para ratificar o rectificar los artículos cuestionados por el Ejecutivo.