La Comisión de Justicia y Asuntos Penales del Senado se reunirá este martes para continuar con el análisis del proyecto de ley de reforma al Código Penal, autoría del Poder Ejecutivo, supo AIM. Como es habitual, el encuentro contará con la presencia de diferentes especialistas que expondrán posturas respecto a la modificación de la norma.
El Código Penal está vigente desde año 1921 y, desde entonces, tuvo alrededor de 900 reformas. Por ello, el 1 de marzo de 2017 se constituyó la Comisión para la Reforma, que concluyó su trabajo en julio de 2018, en el marco del Programa Justicia 2020 a través del ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la nación.
El objetivo propuesto fue el de elaborar un Anteproyecto que actualice íntegramente el Código Penal en un único cuerpo normativo, en el cual se establezcan los límites de las conductas permitidas.
Para ello, se estudiaron los Anteproyectos anteriores, el derecho comparado, Convenciones Internacionales, Jurisprudencia, se visitaron distintas provincias para el intercambio plural de pareceres y se escuchó a las distintas Organizaciones No Gubernamentales, asociaciones que nuclean a las víctimas o familiares de víctimas de hechos delictivos.
Nuevo contenido
Según pudo saber AIM, se incorporan 14 nuevos Títulos al Libro II y se creó un Libro III. Actualmente tiene 13 Títulos, ahora pasa a tener 27 y un nuevo Libro III.
1) Jurisdicción Argentina
Se amplía la jurisdicción de la justicia argentina para investigar los delitos de corrupción, en tanto se introduce el principio de nacionalidad activa y pasiva, de conformidad con las recomendaciones realizadas por el Ocde, cuando se trate de delitos pasibles de extradición y respecto de los cuales la Nación Argentina haya asumido el compromiso de su persecución y juzgamiento en tratados o convenciones internacionales. De esta manera, la justicia argentina podrá intervenir en casos de corrupción ocurrida en otros países.
2) Penas alternativas a la prisión
Se prevé la incorporación del cumplimiento de la pena de prisión en detención domiciliaria con el uso de un dispositivo electrónico de vigilancia como pena alternativa, procedente en el caso de primera condena a pena de prisión que no exceda de tres años, junto con el cumplimiento de otras reglas de conducta pertinentes, tales como las tareas comunitarias.
3) Decomiso en favor del Estado
Se moderniza el instituto del decomiso. Se propone que el decomiso abarque todas las cosas o bienes que hayan servido de instrumento o medio en la comisión del hecho y de los que constituyan el producto, provecho o la ganancia, directos o indirectos del delito, cualesquiera que sean las transformaciones que hubiere podido experimentar tanto para personas físicas como jurídicas.
4) Libertad Condicional restringida
Imposibilidad de acceder a la libertad condicional para los reincidentes y para los condenados por delitos dolosos (homicidio agravado, abuso sexual agravado, secuestro extorsivo, etc.).
5) Medidas de Seguridad luego de la condena
Se incorpora el seguimiento socio judicial como una medida de seguridad posterior al cumplimiento de la pena hasta 10 años luego de cumplida la pena.
6) Actualización del valor de la multa
Se prevé la actualización de las penas de multa mediante un sistema objetivo, teniendo en cuenta personas físicas y jurídicas, actualizado periódicamente y de público conocimiento.
8) Colaborador eficaz (arrepentido)
Se mantiene la figura del colaborador eficaz (o arrepentido) para los delitos de narcotráfico, delitos aduaneros, terrorismo, corrupción de menores, privaciones ilegales de la libertad agravadas, trata de personas, soborno trasnacional, asociación ilícita, y delitos de corrupción.
9) Violencia de género
Se receptan los criterios jurisprudenciales de la Corte Suprema de Justicia de la nación respecto de la imposibilidad de suspender el proceso a prueba cuando se investiguen hechos cometidos en un contexto de violencia de género (fallo “Góngora”, G.61.XLVIII, del 23/4/2013).
Se establece a la violencia de género como una circunstancia agravante de la pena que obliga al juez a imponer una pena dentro del tercio superior de la escala penal que corresponda para cada delito.
10) Reincidencia
Se mantiene el instituto de la reincidencia para los delitos dolosos y se consagra el principio de reincidencia real según el cual se considerará reincidente a una persona cuando cumpla el mínimo de la pena de prisión prevista en el Código Penal y no cuando el condenado termine de cumplir el total de la pena impuesta.
11) Terrorismo y Financiamiento
Se incorporan nuevas figuras en forma autónoma relacionadas con el terrorismo en un nuevo título que contiene los siguientes delitos: asociaciones ilícitas terroristas (con pena de cinco a 20 años de prisión, y una pena mínima de 10 años de prisión para los jefes u organizadores), acogimiento, reclutamiento, adoctrinamiento y entrenamiento de terroristas (con penas de hasta 15 años de prisión).
12) Narcotráfico y Estupefacientes
Se aumentan las escalas penales de cinco a 20 años de prisión para los eslabones más peligrosos de la cadena del narcotráfico.
13) Delitos contra la Libertad y dignidad del Trabajo
Se prevén los delitos de acoso o mobbing laboral, los delitos de la ley sobre riesgos de trabajo (ART). También se prevé el delito de compeler a otro a tomar parte en una huelga o boicot y el delito de impedirle el ejercicio de ese derecho.
A su vez, se incluye como nuevo delito la imposición de condiciones laborales que afecten gravemente la dignidad de los trabajadores y el trabajo infantil.
La última reunión
Uno de los invitados del último encuentro fue Gabriel Pérez Barberá, fiscal general ante la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Penal Económico de la Capital Federal, quien consideró que “es muy necesario e importante, no solo porque hace falta sino porque es un buen proyecto”.
“Es hora de que tengamos un nuevo Código Penal, integrado, coherente, proporcional. No es mala la legislación penal que tenemos, pero es realmente muy desordenada y eso genera muchísimos problemas en términos de seguridad jurídica en las personas que además de ser académicos tenemos la suerte de poder participar en la praxis diaria de los tribunales”, sostuvo.
Por su parte, Jorge García, procurador general de la provincia de Entre Ríos, aseguró que “no hay ninguna duda que este tema que nos convoca es absolutamente necesario”. “Si hay algo en lo que no hay grieta es en la necesidad de que el Código Penal supere este atraso”, señaló.
Julio César Báez, juez de cámara ante el Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional cuatro, destacó que el proyecto de Código penal “tiene más luces que sombras”, y entre los aspectos positivos señaló que “se unifica en un cuerpo codificado toda la legislación que hoy está diseminada y dispersa”.
“Los jueces nos vemos en un caos normativo, muchas veces no sabemos qué legislación aplicar”, confesó Baez, y puso como ejemplo los problemas contraídos con las “leyes Blumberg”.
Asimismo, explicó que la iniciativa “mantiene la estructura tradicional del Código Penal e incorpora una visión nueva, relacionada a la criminalidad de género, la criminalidad informática y la narcocriminalidad, delitos que no podemos combatir con la vieja legislación penal”.
En tanto, Daniel Petrone, juez de la Cámara Federal de Casación Penal, celebró “la realización de este proyecto de Código Penal que supere el actual catálogo conformado por parches y leyes especiales que muchas veces no siguen una línea adecuada de legislación penal”.