La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) prohibió la comercialización de un aceite de oliva.
A través de la disposición 21/2018, que se publicó este miércoles en el Boletín Oficial, el organismo detalló que se trata del aceite de oliva extra virgen de la marca Buonoliva por 900 ml, "lote 10/2017, consumir preferentemente antes de los dos años de envasado, RNPA N° 12-004879, RNE N° 12-000738, producido y envasado por Olivares del Bañado, Ruta 40 km 1160, Bañado de los Pantanos- La Rioja".
"El producto se halla en infracción al artículo tres de la Ley 18284, al artículo tres del Anexo II del Decreto 2126/71 y a los artículo 6 bis, 13, 155 del CAA por presentar el perfil de ácidos grasos mezcla con otro aceite vegetal, por carecer de autorización de producto y de establecimiento, resultando ser un alimento falsamente rotulado y adulterado y en consecuencia ilegal", indica el texto oficial.
Y agrega: "Por tratarse de productos que no pueden ser identificados en forma fehaciente y clara como producidos, elaborados y/o fraccionados en un establecimiento determinado, no podrán ser elaborados en ninguna parte del país, ni comercializados ni expendidos en el territorio de la República de acuerdo a lo normado por la Ley 18284".