La medida se publicó este miércoles en el Boletín Oficial. Todos ellos carecen de autorizaciones de establecimiento y de producto, están falsamente rotulados y son ilegales.
A través de la disposición 2021/2018 publicada este miércoles en el Boletín Oficial, la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) prohibió la comercialización de una miel de caña, un arrope de tuna y un otro de arándanos. Los tres productos son marca El Panal.
En el texto de la norma explica que la prohibición se debe a que los tres productos carecen de autorizaciones de establecimiento y de producto, están falsamente rotulados y entonces son ilegales.
La Anmat indicó que "se hallan en infracción al artículo 3° de la Ley 18284, al artículo 3° del Anexo II del Decreto 2126/71 y a los artículos 6 bis, 13 y 155 del CAA".
"Por tratarse de productos que no pueden ser identificados en forma fehaciente y clara como producidos, elaborados y/o fraccionados en un establecimiento determinado, no podrán ser elaborados en ninguna parte del país, ni comercializados ni expendidos en el territorio de la República de acuerdo a lo normado por el Artículo 9° de la Ley 18284″, determinó.