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Política
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La Corte no abrirá la feria y parte del DNU puede sufrir nuevas impugnaciones

No habilitará el receso para tratar el recurso extraordinario del Gobierno contra la cautelar del fuero del Trabajo, que pasará así a febrero. Puede haber definición de fondo sobre el capítulo laboral. Contencioso amasa novedades, pero hamacándose en el tiempo. “Caso” y “Legitimación”, las claves para lo que viene. Varios tribunales están ya habilitados para decidir sobre los amparos.

Existen dos certezas acerca del recorrido del mega DNU que firmó Javier Milei y que, junto a la “ley ómnibus”, constituyen pilares de la política que aspira a implementar: la Corte Suprema de Justicia no abrirá la feria para tramitar el recurso extraordinario del Gobierno que elevó la Cámara del Trabajo a la cautelar que bloqueó su capítulo laboral en lo que queda de enero; y el fuero Contencioso Administrativo Federal jugará fichas ya en terreno de definición pero tampoco anulará por completo el decreto en los expedientes que tramita. Todo esto, obligatoriamente, trasladará una definición final hasta bien entrado febrero ya que el máximo Tribunal analizará, minuciosamente, cuál de todos los casos en los que se diversificaron planteos de toda clase contra el DNU. De reojo, la mirada de los tribunales se dirige al Congreso, pero sin menoscabo del control final que se reservarán para sí de la legalidad del DNU.

Si bien hay un recurso concedido contra la cautelar que frenó a pedido de CGT y CTA el tramo vinculado a reformas laborales del decreto, la Justicia Nacional del Trabajo podría descerrajar, en las próximas horas, una sentencia de fondo que tache de “inconstitucional” el articulado destinado a reformas laborales, con similares alcances que la cautelar. Esa eventual definición sobre la raíz del asunto también seguirá el recorrido en Cámara y deberá terminar en la Corte. Allí, pese a la feria, comenzó a esbozarse otro análisis sobre los distintos paquetes que desembarcaron en su mesa de entradas a lo largo del mes. Por un lado, la demanda de Ricardo Quintela y La Rioja con pedido de competencia originaria, la ya mencionada cautelar a la que se le podrían anexar planteos con origen en Contencioso o desde la misma Cámara del Trabajo y hasta la declaración de incompetencia de la justicia de Misiones ante la modificación del Instituto Nacional de la Yerba.

Existen tantas posibles vías de entrada al DNU como materias sobre las que abarca. Esa fórmula es la que leyó, con astucia, el Contencioso que desarmó la acción colectiva que Esteban Furnari prolijamente enhebró antes del receso y la dividió repartiendo trozos del Decreto en distintos tribunales. A última hora del viernes, Enrique Lavié Pico descartó nuevamente tratar la acción interpuesta por el CELS como amparo colectivo y rechazó una cautelar integral que suspendiera todo el DNU. Ese dato permite interpretar futuros movimientos coordinados por la Cámara de Apelaciones Contencioso Administrativo Federal con Sergio Fernández y Carlos Grecco a la cabeza. A pesar de la sobreabundancia informativa, el fuero de la gobernabilidad logró consumir los primeros 20 días de la feria sin adoptar ninguna posición definitiva sobre el DNU. Un éxito procesal. En punta pican los casos “Rizzo” y “Observatorio” que están en situación más avanzada. Como se mencionó, el fuero laboral alista CGT y CTA (sobre el fondo de la cuestión) desde el fuero federal de La Plata, arrimaron los expedientes CECIM y CTA Autónoma que siguen en carrera.

En orden a una correcta información, la discusión pública simplifica las alternativas acerca de frenar o no el DNU apoyados en su supuesta inconstitucionalidad manifiesta, o en su completa legalidad. La cuestión es, en esta instancia, mucho más compleja. Ámbito ya había adelantado el 5 de enero, cuando el Contencioso desarmó el amparo colectivo y proponía su propia estrategia que ingresarían otras variables a tallar en la contienda jurídica. Para la viabilidad de un amparo, la llave de los demandantes será demostrar la existencia de un “caso” y, de la mano, su “legitimación” para demandar que se bloquee el DNU. Traducido, es quién pueda demostrar un agravio directo con alguna parte del articulado del decreto, en un caso concreto. Un perjuicio que no sea teórico, sino que afecte al que va a tribunales a litigar. Una vez superada esa llave, el tamiz lo marcará la evaluación de una “necesidad y urgencia” que justifique la vía implementada por el Poder Ejecutivo. Pero sin la anterior, la segunda instancia de análisis queda trunca. Y un tercer punto a considerar es si existe una objeción procedimental por la inexistencia de dictamen jurídico (aparentemente) que debió preceder administrativamente al dictado del DNU. Pero todo atado a la existencia de caso.

El Gobierno, a través de la Procuración del Tesoro que conduce Rodolfo Barra basará su estrategia de defensa en que ninguno de los que accionó está legitimado para cuestionar el DNU. El constitucionalista Andrés Gil Domínguez apuntó que hay precedentes en la Corte (la mayor parte ligados a la historia de litigios sobre la composición del Consejo de la Magistratura) donde se reconoce una “legitimación procesal extraordinaria” que amplía el margen de consideración a que exista un interés en la preservación de la forma republicana de gobierno o en la no afectación de lo previsto por la Constitución.

Bajo ese mismo prisma será analizado el caso que se resuelva por la Corte Suprema. No es una cuestión de orden de prevalencia que obligue a considerar el caso de La Rioja por sobre el resto de los que puedan escalar, como si fuera una “cola de impresión”. Para colmo, Quintela arrastra para el cuarto piso la mácula de haber sido uno de los impulsores del juicio político contra el máximo Tribunal, y quedó en soledad en el planteo, donde no lo siguieron otros gobernadores en la embestida contra el DNU. Existe un imperceptible hilo rojo que vincula a todos aquellos que hayan participado activamente en el proceso -que para la Corte fue traumático- con su eventual suerte, sobre todo si acuden despojados de las debidas precauciones.

DNU

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