La Cámara de Senadores dio sanción definitiva al proyecto de Ley por el que se el Ejecutivo reconoció a las jurisdicciones de los ex centros rurales de población, o Juntas de Gobierno, como territorios de las nuevas Comunas. Ahora, la Legislatura deberá debatir el régimen de coparticipación para que reciban fondos provinciales y nacionales por coparticipación, registró AIM.
La defensa del proyecto la realizó el presidente de la comisión de Legislación General, Lucas Larrarte, quien explicó “que el Decreto reglamentó la Ley 10644 que es el Régimen Comuna, por el que pasan de ser reparticiones administrativas del ministerio de gobierno a ser instituciones autónomas dentro de la administración pública provincial una serie de juntas de gobierno, que adquieren la categoría de comunas”.
En ese marco, el abogado explicó que la iniciativa que se aprobó con fuerza de Ley - girada al Ejecutivo para su promulgación- está emparentada con otro proyecto que ingresó al hemiciclo “para establecer el régimen de coparticipación para que esas nuevas comunas puedan atender sus necesidades y gastos”.
¿Qué localidades pasan a ser comunas?
Serán comunas de primera categoría La Picada (Paraná), Sauce Montrull (Paraná), Estación Sosa (Paraná), Aldea Santa Maria (Paraná), El Palenque (Paraná), Paraje Las Tunas (Paraná), El Solar (La Paz), Colonia Avigdor (La Paz), Aldea Protestante (Diamante), Las Cuevas (Diamante), Aldea Spatzenkutter (Diamante), Colonia Ensayo (Diamante), Gobernador Racedo (Diamante), 6to. Distrito (Gualeguay), Aldea Asunción (Gualeguay), Gobernador Sola (Tala), rincón de Nogoyá (Victoria), Rincón del Doll (Victoria), Puerto Curtiembre (Paraná), San Víctor (Feliciano) Arroyo Barú (Colón), La Clarita (Colón), El Cimarrón (Federal), Nueva Vizcaya (Federal), General Roca (Concordia, Nueva Escocia (Concordia), Jubileo (Villaguay), Paso de la Laguna (Villaguay), Irazusta (Gualeguaychú), Aldea San Juan (Gualeguaychú), San Cipriano (Uruguay), San Marcial (Uruguay), Las Moscas (Uruguay) y Comuna Tala (Uruguay).
Serán comunas de segunda categoría las localidades de Pedernal (Concordia), Las Garzas (Paraná), Estación Parera (Gualeguaychú), Sauce Pinto (Paraná), Villa Fontana (Paraná), Gobernador Etchevehere (Paraná), Colonia Crespo (Paraná), Aldea Santa Rosa (Paraná), Tezanos Pinto (Paraná), Ombu (la Paz), Don Cristóbal II (Nogoyá), XX de Septiembre (Nogoyá), Febre (Nogoyá), Durazno (Nogoyá), Gobernador Echague (Tala), Guardamonte (Tala), Ingeniero Sajaroff (Villaguay), Rocamora (Uruguay), Líbaros (Uruguay), Pueblo Cazes (Colón) y Antelo (Victoria).
Coparticipación
El texto establece un Régimen Provincial de Coparticipación de Impuestos Nacionales y Provinciales para las comunas y determina que el monto a distribuir “será equivalente al uno por ciento de la totalidad de los ingresos tributarios que a la provincia le correspondan en concepto de coparticipación federal de impuestos nacionales, sea por régimen general y otro que lo complemente o sustituya y que no tengan afectación específica, y de la totalidad de la recaudación de los ingresos tributarios provinciales, conforme el Artículo 246° de la Constitución Provincial”.
Tiene además una serie de disposiciones transitorias. El expediente será analizado por la Comisión de Presupuesto y Hacienda.