La Cámara de Diputados dio media sanción al proyecto de Ley que declara a Entre Ríos “libre de humo y vapor de productos elaborados total o parcialmente con o sin tabaco, destinados a la inhalación de gases incluidos los dispositivos electrónicos con o sin administración de nicotina, con el objeto de proteger el derecho de las personas no fumadoras a respirar aire no contaminado”, confirmó AIM.
El texto, que pasó al Senado en revisión, incorpora en las prohibiciones el “vapeo” en todos los ambientes cerrados con acceso al público en general, tanto en el sector público como en el sector privado.
La defensa del proyecto la realizó el autor de la iniciatia Juan Domingo Zacarías, quien agradeció a sus pares el acompañamiento para el tratamiento de la iniciativa en el hemiciclo.
En los fundamentos, el legislador argumentó que “hoy en día nos encontramos con otro debate de similares características cual es el avance de mecanismos e instrumentos que llevan al consumo de productos químicos algunos de ellos con nicotina, conocido como “cigarrillo electrónico”, donde existen estudios y posiciones científicas serias que indican el daño concreto a la salud de los consumidores de esos productos y consecuentemente del vapor que ellos emanan”. En ese sentido, apuntó que este sistema “genera vapor del producto químico que se consume en condiciones similares al humo del tabaco, por lo cual estamos ante una situación similar que legalmente debe ser equiparada al consumo de cigarrillos en lugares de acceso al público, con los mismos fines de protección a las personas no consumidoras y al ambiente sano y limpio”.-
Como antecedentes destacó que en el ámbito nacional existe la Ley N° 26.687, sancionada en el 2011, conocida como Ley del Tabaco que regula todo lo relacionado a la producción, comercialización, consumo, publicidad y promoción del tabaco, la cual contempla además la prohibición de fumar en espacios públicos, como también la venta a menores de edad. En el mismo, aún cuando la Ley antes no hace referencia alguna al cigarrillo electrónico, encontramos una Resolución N° 3226 de la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica organismo administrativo del ministerio de Salud de la Nación donde trata el tema respecto del “sistema electrónico de administración de nicotina denominado cigarrillo electrónico”, disponiendo “prohibir¨ la importación, distribución, comercialización, y la publicidad o cualquier tipo de promoción en todo el territorio nacional del cigarrillo electrónico”.
Además, se extendió la prohibición a todo tipo de accesorio para ese sistema, como asimismo los cartuchos conteniendo nicotina.
Asimismo, indicó que de acuerdo a distintas publicaciones observadas, encontramos el Informe sobre Control del Tabaco publicado por la Organización Mundial de la Salud (OMS) a finales de 2014, “donde se sostiene que el vapor que liberan estos dispositivos no es inocuo porque contiene nicotina y otros químicos tóxicos y cancerígenos”.