Hoy se dieron a conocer los fundamentos de la Sentencia suscripta por la presidenta del Tribunal Oral Federal de Paraná, Noemi M. Berros, en la causa originada por las pintadas antisemitas realizadas en la zona del palomar en el parque Urquiza de Paraná en 2014, en los autos caratulados: ”Zapata, Franco Julián sobre infracción Ley 23592”.
En esta causa la Delegación de Asociaciones Isrelitas (Daia) Entre Rios, con la intervención de Pablo y Federico Soskin, actuó como Amicus Curiae del Tribunal.
La sentencia es la primera en el país que ha utilizado en sus considerandos el Concepto de Antisemitismo procedente de la Alianza Internacional de Recordación del Holocausto (Ihra) adoptado en el país por Resolución Nro. 114/2020 de la Cancillería Argentina.
Es de gran trascendencia esta jurisprudencia a nivel nacional ya que permite conceptualizar objetivamente a quien es antisemita incluyendo en ese carácter a quienes son antisionistas o demonizan al Estado de Israel o consideran doble lealtad de los judíos de la Argentina con el Estado de Israel, etc.
Recordamos que en este caso se condenó al imputado a tres años de prisión condicional mas accesorias.
Desde Daia expresaron la “satisfacción por la sentencia del Tribunal y los fundamentos vertidos en la misma”.