Las Comisiones de Relaciones Exteriores y Culto y de Trabajo y Previsión Social del Senado se reunirán este martes en forma virtual, a los efectos de dar tratamiento a proyectos de ley que aprueban el Convenio 190, de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) sobre la eliminación de la violencia y el acoso en el mundo del trabajo, supo AIM.
El encuentro de comisiones del Senado será este martes, a las nueve, y se transmitirá por los siguientes canales: Canal Oficial del Honorable del Senado de la Nación Argentina https://www.youtube.com/senadotvargentina, Canal 20 digital de Telecentro.
En ese marco, se tratarán los proyectos de ley que aprueban el Convenio sobre la Eliminación de la Violencia y el Acoso en el Mundo del Trabajo - Convenio 190-, adoptado por la conferencia general de la Organización Internacional del Trabajo, en la ciudad de Ginebra -confederación Suiza- el 21 de junio de 2019.
Qué dice el Convenio
La expresión «violencia y acoso» en el mundo del trabajo designa un conjunto de comportamientos y prácticas inaceptables, o de amenazas de tales comportamientos y prácticas, ya sea que se manifiesten una sola vez o de manera repetida, que tengan por objeto, que causen o sean susceptibles de causar, un daño físico, psicológico, sexual o económico, e incluye la violencia y el acoso por razón de género, y
Asimismo, la expresión «violencia y acoso por razón de género» designa la violencia y el acoso que van dirigidos contra las personas por razón de su sexo o género, o que afectan de manera desproporcionada a personas de un sexo o género determinado, e incluye el acoso sexual.
El Convenio protege a los trabajadores y a otras personas en el mundo del trabajo, con inclusión de los trabajadores asalariados según se definen en la legislación y la práctica nacionales, así como a las personas que trabajan, cualquiera que sea su situación contractual, las personas en formación, incluidos los pasantes y los aprendices, los trabajadores despedidos, los voluntarios, las personas en busca de empleo y los postulantes a un empleo, y los individuos que ejercen la autoridad, las funciones o las responsabilidades de un empleador.
La normativa se aplica a todos los sectores, público o privado, de la economía tanto formal como informal, en zonas urbanas o rurales.
-Se tendrán en cuenta situaciones en espacios de lugar de trabajo, inclusive en los espacios públicos y privados cuando son un lugar de trabajo;
-En los lugares donde se paga al trabajador, donde éste toma su descanso o donde come, o en los que utiliza instalaciones sanitarias o de aseo y en los vestuarios;
-En los desplazamientos, viajes, eventos o actividades sociales o de formación relacionados con el trabajo;
-En el marco de las comunicaciones que estén relacionadas con el trabajo, incluidas las realizadas por medio de tecnologías de la información y de la comunicación;
-En el alojamiento proporcionado por el empleador, y
-En los trayectos entre el domicilio y el lugar de trabajo.