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Agroindustria
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Senasa estableció medidas excepcionales para el movimiento de animales durante la vacunación antiaftosa

Ante la ocurrencia de fenómenos ambientales como intensas sequías o incendios forestales que afectan a gran parte del país, el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) estableció medidas excepcionales para los movimientos de bovinos y bubalinos durante la campaña de vacunación antiaftosa y antibrucélica.

La medida está contemplada en la Resolución 199/2023, publicada hoy en el Boletín Oficial con la firma de la presidenta del Senasa, Diana Guillén.

Así, la norma exceptúa en los primeros 15 días de iniciada la campaña, el cumplimiento de la vacunación contra la fiebre aftosa en los movimientos de bovinos y bubalinos procedentes de establecimientos agropecuarios que aún no hayan cumplimentado la vacunación referida, siempre y cuando el destino de estos animales sean establecimientos que, al momento de la recepción, tampoco hayan cumplimentado la vacunación correspondiente.

En esos casos, al momento de realizarse en el establecimiento de destino la vacunación sistemática de campaña del corriente año se deberá vacunar a la totalidad de los animales existentes en el mismo, de acuerdo a la categoría correspondiente a vacunar según la campaña en curso.

Por otro lado, también se permite el movimiento de bovinos y bubalinos de las categorías terneras y terneros con una sola dosis de vacunación (primovacunados).

Acceda al cronograma de la primera campaña de vacunación 2023

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