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El Coer recuerda a los padres la importancia del control en la salud bucal

Comienza el ciclo escolar y desde el Colegio de Odontólogos de Entre Ríos (Coer) se recordó la importancia de controlar la salud bucal de los niños y jóvenes entrerrianos.

El Coer consultó a quien está a cargo de la Dirección de Odontología de la provincia, Ricardo García, quien aseguró que en Entre Ríos está vigente la ley 9813. Esta norma, establece el Programa de Salud Bucal Escolar y tiene como objetivo promover la salud bucal de toda la comunidad educativa y sumar buenos hábitos de higiene a temprana edad, promoviendo la visita al odontólogo para: detectar si hay alguna patología; aprender una correcta técnica de cepillado; concientizar sobre el consumo racional de hidratos de carbonos, y la aplicación de fluor.

Cabe aclarar que, si bien los únicos profesionales autorizados para completar el Carné de Salud Bucal son los Odontólogos matriculados en el Colegio de Odontólogos de Entre Ríos, todos los Centros Asistenciales Públicos Estatales Provinciales y Municipales, que cuenten con consultorios odontológicos, brindarán de modo gratuito las prestaciones necesarias para que los escolares obtengan el "Alta Básica Odontológica" y mantengan su Carné de Salud Bucal al día.


“Entre Ríos se encuentra vigente la ley 9813 que establece el programa de salud bucal en las escuelas, el que se implementa a través de un carnet de salud bucal que es el único requisito sobre el cual las escuelas están autorizadas a exigir al momento de la inscripción en cada ciclo lectivo”, informó García.

En tanto aclaró que “el certificado de salud bucal no está autorizado por la ley. Lo que se implementa es el carnet bucal, que es un documento en el que se van anotando las sesiones de prevención que cada alumno debe recibir con una periodicidad de seis meses entre una y otra”.
“En cada sesión de prevención, el alumno recibe enseñanza de técnicas de cepillado; asesoramiento en el consumo racional de hidratos de carbono, es decir alimentos con dulces o almidón; recibe una limpieza mecánica; inactivación de caries; una aplicación tópica de flúor para fortalecer sus dientes, y la nueva cita para dentro de seis meses” informó García.

El odontólogo, quien también presidió el Coer, resaltó la importancia de este programa porque “cada vez que el profesional odontólogo realiza una sesión de prevención debe anotar en el carnet bucal la fecha en la que el alumno recibió la prevención y en una columna especial el mes en el que debe volver. De esta manera, se considera que el carnet bucal está al día, es decir que no está vencido, si no han pasado seis meses desde la última sesión de prevención”.

Esta es una actividad de promoción, lo que significa informar y comunicar sobre los beneficios de llevar a los niños al consultorio odontológico a recibir una sesión de prevención bucal.

Es importante aclarar que la escuela no tiene permitido negarle la inscripción o el banco a un niño que no haya cumplido con la sesión de prevención . Pero es justamente por ello que se denomina promoción, para tratar de persuadir a la familia de los beneficios que acarrea tener el carnet de salud bucal al día o lo que sería un control preventivo odontológico cada seis meses”, resaltó.

Si bien en Entre Ríos no hay estadísticas actualizadas sobre los índices de caries, hay que saber que en el mundo es una de las enfermedades crónicas no transmisibles que mayor prevalencia tiene en la población. Según García “es muy dispar el porcentaje de niños con caries o sin caries en el mundo entero. Obviamente, en la Argentina también y Entre Ríos no escapa a esa realidad. Tenemos ciudades, y dentro de las ciudades escuelas, donde lamentablemente todavía hay un alto índice de caries; pero también existen lugares donde esos índices se han reducido drásticamente, gracias a que se ha masificado la información respecto de los beneficios de los controles periódicos y porque desde las distintas dependencias de salud y desarrollo humano se viene haciendo hincapié sobre la importancia de tener una buena salud bucal” enfatizó.

La enfermedad que más se detecta en los controles preventivos es la de las caries; pero también es importante saber que es una enfermedad que afecta a los tejidos duros, es decir a los dientes, no es la única enfermedad que se presenta en la cavidad bucal. Por eso, son muy importantes los controles preventivos porque también puede haber lesiones en los tejidos blandos, que pueden ser de variadas tipologías desde lesiones que tengan que ver con enfermedades autoinmunes, metabólicas, virósicas o bacterianas. También en el último tiempo se ha concientizado a los profesionales para que tengan la capacidad de detectar posibles señales de violencia interfamiliar que conllevan a lesiones en la cavidad bucal.

Qué es una caries
La caries es una enfermedad bacteriana infecciosa que afecta los tejidos duros del diente, es decir el esmalte y la dentina. Necesita de la formación de una película o de un film que se llama placa bacteriana que está compuesta por restos de alimentos que quedan en la cavidad bucal, después de una ingesta. Estos alimentos son metabolizados por unas bacterias específicas que, como producto de esa metabolización, producen ácidos que terminan destruyendo la estructura mineral del diente.

Las caries tienen distintos tipos de estadios y cada uno de esos estadios tiene un signo y un síntoma. Van desde la mancha blanca, que es el único estadio reversible, hasta la destrucción total de los tejidos dentarios. Básicamente se detecta con la inspección visual.

Como la caries es una enfermedad multifactorial -que involucra la presencia de alimentos con hidratos de carbono en la cavidad bucal, la presencia de bacterias y la susceptibilidad del tejido dentario para ser atacado por los productos metabólicos- la forma de prevenirla es atacar justamente estos factores. De manera tal que la prevención de caries es con el cepillado mecánico después de la ingesta de alimentos, lo que permite remover los restos de alimentos y desorganizar la placa bacteriana para que no puedan metabolizar los hidratos de carbono.

El tercer punto preventivo de la caries es el fortalecimiento de la estructura dentaria con la aplicación tópica local de fluor.

La importancia de la ley 9813.

Finalmente, García sostuvo que “anteriormente el certificado de salud bucal era una foto del momento en el cual el alumno concurría al consultorio odontológico y muchas veces existían deficiencias en el seguimiento. Es decir, los niños presentaban durante toda su etapa escolar un certificado en el que se dejaba asentado que necesitaba atención odontológica y finalizaba su ciclo escolar sin haber recibido esa atención odontológica. Esto se considera, obviamente, ineficiente. De esta manera la ley 9813, como prevé controles periódicos, ha logrado que la persona beneficiaria de este programa, durante toda su vida escolar, sea atendida como corresponde. Esos son los beneficios de tener un programa que promueve los controles semestrales”, remarcó.

La ley 9813
La Ley 9813 que data de diciembre del año 2007, establece en su artículo primero el Programa de Salud Bucal Escolar para los niños y adolescentes comprendidos en el sistema educativo de la Provincia de Entre Ríos.
Esta norma es de aplicación en todos los establecimientos educativos en la provincia de Entre Ríos, públicos de gestión estatal, pública de gestiones privadas, privadas y especiales, desde Nivel Inicial hasta la finalización del Polimodal o sus concordantes en el caso en que cambien las denominaciones de los distintos niveles.

El artículo dos refiere a que el Programa de Salud Bucal Escolar se cumplirá mediante la aplicación de un sistema de atención Odontológica que garantice que todo niño y adolescente comprendido en el sistema educativo de la Provincia de Entre Ríos, se encuentre bajo la situación denominada "Alta Básica Odontológica", para lo que deberá recibir cada seis meses, una Sesión de Prevención que consiste en las siguientes prestaciones:
1-Enseñanza de técnicas de higiene oral para el control de la placa bacteriana.

2-Asesoramiento para el consumo racional de hidratos de carbono.

3-Control de reinfección bacteriana mediante inactivación de caries y eliminación de nichos bacterianos

4-Aplicación profesional de fluoruros de alta concentración.

En el artículo tercero se establece que para el control del cumplimiento del Programa de Salud Bucal Escolar se establece como requisito para la Inscripción en cada Año Lectivo, la presentación por parte del escolar de un "Carné de Salud Bucal" al día. En este Carné se irán asentando las fechas en las que se realicen las prestaciones correspondientes al "Alta Básica Odontológica" detalladas en el Artículo 2° de la presente Ley. A estos efectos, se considera que el "Carné de Salud Bucal" está "al día” cuando al momento de su presentación, no han pasado más de 6 (seis) meses corridos desde la última Sesión de Prevención en la que se han recibido dichas prestaciones.

El artículo cuarto dice que la presentación del Carné de Salud Bucal al día es el único requisito autorizado a exigir por parte de los establecimientos educativos de toda la Provincia relacionados con la salud bucal de los ingresantes. La falta de este requisito no podrá ser causal de denegación de la inscripción y puede ser cumplido en el transcurso del año lectivo.

El artículo cinco establece que los únicos profesionales autorizados a completar el Carné de Salud Bucal son los Odontólogos matriculados en el Colegio de Odontólogos de Entre Ríos.

El artículo seis sostiene que todos los Centros Asistenciales Públicos Estatales Provinciales y Municipales que cuenten con consultorios odontológicos, brindarán de modo gratuito las prestaciones necesarias para que los escolares obtengan el "Alta Básica Odontológica" y mantengan su Carné de Salud Bucal al día, según lo establecido en la presente Ley.
Se considerará válido -según el artículo siete- el Carné de Salud Bucal de aquel escolar que haya recibido las prestaciones necesarias para mantenerlo al día, por parte de un odontólogo matriculado en el Colegio de Odontólogos de Entre Ríos, que se desempeñe en el ámbito privado o de la seguridad social.

Esta norma, en el artículo ocho deja sin efecto el "Talón Odontológico" y el "Formulario para la Obtención del Alta Básica Odontológica" que forman parte de la "Ficha de Salud" correspondiente al Programa de Salud Escolar, actualmente en vigencia para alumnos de 1° año de EGB1 y 6° de EGB2, la que a partir de la promulgación de la presente Ley, sólo contendrá el formulario necesario para el control médico que ya se realiza en el marco de dicho Programa.

El artículo nueve sostiene que el Consejo General de Educación y la Secretaría de Salud de la Provincia de Entre Ríos, serán los órganos de ejecución de todo lo establecido en la presente Ley y los encargados de reglamentar los aspectos operativos de la misma.

El artículo diez es de forma.

Ciclo lectivo Coer dientes salud

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