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Fallan en primera instancia para devolución de subas en la energía en Entre Ríos

La jueza del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 6 de la ciudad Paraná, Silvina Rufanacht, declaró la ilegitimidad de la aplicación de los incrementos tarifarios efectuados desde el 1 de enero al 29 de junio del 2016. “La medida es muy importante porque sienta un precedente, hasta ahora inédito en el ámbito local, en la defensa de los derechos de los usuarios del servicio de energía eléctrica”, afirmó a AIM el Presidente de la Asociación de Defensa de Consumidores Entrerrianos (Adecen), Oscar Gabriel Vargas.

La empresa demandada -distribuidora Energía de Entre Ríos (Enersa)- debe, conforme a lo que establece la sentencia de primera instancia, devolver los incrementos que aplicó indebidamente con más intereses ya que la jueza Rufanacht hizo lugar a la pretensión de declaración de nulidad de los incrementos como había solicitado la asociación de consumidores actora. Precisamente, la magistrada interpretó que el cuadro tarifario cuestionado -relativo al primer semestre del 2016- fue mal aplicado “ya que la Res. N° 146/15 Ente Provincial Regulador de la Energía (Epre), publicada en el Boletín el 21/6/2016, recién estuvo vigente el 30/6/2016, y por lo tanto desde ese momento surte efectos, es obligatoria, y resultan aplicables los aumentos tarifarios dispuestos como consecuencia de ella, tornando esto en ilegítimo el accionar de la demandada al aplicar a los usuarios que conforman la clase representada los nuevos cuadros tarifarios derivados de una norma que no se encontraba vigente”.

En ese marco, conforme el principio de irretroactividad de las normas, “sólo resultan legítimos los aumentos aplicados a partir del 30 de junio del 2016, correspondiendo ordenar la devolución a los usuarios residenciales que conforman la clase que representa Adecen”, precisó.

Con la sentencia, de confirmarse en Cámara, “la empresa deberá devolver todas las sumas percibidas por los incrementos de tarifa percibidos en el primer semestre del año 2016 con más los intereses moratorios fijados en la sentencia”, remarcó el presidente de la organización no gubernamental, Oscar Gabriel Vargas.

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