El decreto 529 del Departamento Ejecutivo Municipal (DEM) estableció el uso obligatorio del barbijos en Paraná. Se lo deberá usar en el transporte público, locales comerciales, y en dependencias de atención al público, entre otros espacios.
La medida, que lleva la firma del intendente Adán Bahl y el secretario Legal y Administrativo de la municipalidad, Pablo Testa, ordena "el uso obligatorio de elementos de protección que cubran nariz, boca y mentón por parte de todas las personas para ingresar o permanecer en locales comerciales, en dependencias de atención al público y en medios de transporte público de pasajeros, transporte privado cuando haya dos o más personas, y en todos los espacios cerrados de acceso público en el territorio de la ciudad de Paraná".
La entrada en vigencia de la medida es a partir de la 0 hora del 22 de abril.
Sobre la medida, el intendente dijo que "hoy, disponemos de nueva información en relación al modo de propagación de la enfermedad del coronavirus y por eso, como Municipio, hemos decidido comenzar a aconsejar el uso de tapabocas a todos los vecinos de Paraná, particularmente cuando deban concurrir a lugares públicos esenciales, donde las medidas de distanciamiento social sean difíciles de mantener. Es el caso de los supermercados, las farmacias, los bancos, el transporte público, etc", detalló.
"Es una herramienta que debe implementarse como medida de salud comunitaria adicional al distanciamiento social y a la higiene y no en reemplazo de éstos. Si por alguna razón fundamental, nos vemos obligados a salir de casa, es importante que sigamos manteniendo los dos metros de distancia entre nosotros, que continuemos lavándonos las manos con jabón regularmente, y que siempre tengamos la precaución de toser o estornudar sobre el pliegue del codo, aun con tapaboca puesto", recomendó Bahl.
Por último hizo referencia a la situación de Paraná, una ciudad capital de provincia, con casi 300 mil habitantes y destacó a la comunidad que viene respetando las medidas de prevención: "La ciudad no ha padecido, desde que se inició la pandemia, más de 6 casos de coronavirus. Eso ha sido el resultado de la responsabilidad y del compromiso con los que hemos afrontado entre todos el problema. Sigamos así, cumpliendo con el aislamiento social preventivo y con las medidas que nos indica la autoridad nacional sanitaria en caso de que tengamos que salir".
El decreto
En su artículo 1° el decreto establece el uso obligatorio de elementos de protección que cubran nariz, boca y mentón por parte de todas las personas para ingresar o permanecer en locales comerciales, en dependencias de atención al público y en medios de transporte público de pasajeros, transporte privado cuando haya dos o más personas, y en todos los espacios cerrados de acceso público en el territorio de la Ciudad de Paraná.
El artículo 2°, recomienda el uso de estos elementos de protección que cubran nariz, boca y mentón en cualquier otro ámbito o lugar diferente a los expresamente establecidos en el artículo anterior.
En tanto, el artículo 3° advierte que la obligación establecida en el artículo 1°, no exime del cumplimiento de las restricciones impuestas en el Decreto de Necesidad y Urgencia 297/20 del gobierno nacional, que estableció el Aislamiento Preventivo Obligatorio, por la pandemia de coronavirus.