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Es oficial la prórroga del vencimiento de la primera cuota de Ganancias

La Administración Federal de Ingresos Públicos (Afip) confirmó que postergó el vencimiento de la primera cuota del anticipo del Impuesto a las Ganancias y Bienes Personales para los trabajadores autónomos. Lo hizo mediante la Resolución General 5584/2024, publicado este lunes en el Boletín oficial.

En los considerandos, la Afip aseguró que esta extensión se dio en carácter de "excepción" para cumplir la obligación de ingreso el primer y segundo anticipo de Ganancias y sobre los Bienes personales, que corresponde al período fiscal 2024.

"Debido a razones de administración tributaria a efectos de facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales de los contribuyentes y responsables, resulta aconsejable extender hasta el 25 de octubre el plazo para el ingreso del primer anticipo del impuesto a las ganancias", explicó.

Primer Anticipo
Terminación Cuit: 0 a 9
Fecha de vencimiento 25/10/2024

Segundo anticipo
Terminación Cuit – 0,1,2 y 3
Fecha de vencimiento: 13/11/2024
Terminación Cuit – 4,5 y 6
Fecha de vencimiento: 14/11/2024
Terminación Cuit – 7, 8 y 9
Fecha de vencimiento: 15/11/2024

Por último, la Afip aclara sobre el primer anticipo de Ganancias, que no se encontrarán habilitados el débito automático y el pago telefónico mediante tarjetas de crédito, ni la opción de débito a través de cajeros automáticos.

Cabe recordar que el anticipo de Ganancias para autónomos se estima en función de la liquidación anterior del impuesto y sobre ello se establecen cinco cuotas mensuales del 20 por ciento. Al finalizar el período se completa el saldo en función del impuesto determinado para el período actual.

impuesto a las ganancias

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