La Administración Federal de Ingresos Públicos (Afip) confirmó que postergó el vencimiento de la primera cuota del anticipo del Impuesto a las Ganancias y Bienes Personales para los trabajadores autónomos. Lo hizo mediante la Resolución General 5584/2024, publicado este lunes en el Boletín oficial.
En los considerandos, la Afip aseguró que esta extensión se dio en carácter de "excepción" para cumplir la obligación de ingreso el primer y segundo anticipo de Ganancias y sobre los Bienes personales, que corresponde al período fiscal 2024.
"Debido a razones de administración tributaria a efectos de facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales de los contribuyentes y responsables, resulta aconsejable extender hasta el 25 de octubre el plazo para el ingreso del primer anticipo del impuesto a las ganancias", explicó.
Primer Anticipo
Terminación Cuit: 0 a 9
Fecha de vencimiento 25/10/2024
Segundo anticipo
Terminación Cuit – 0,1,2 y 3
Fecha de vencimiento: 13/11/2024
Terminación Cuit – 4,5 y 6
Fecha de vencimiento: 14/11/2024
Terminación Cuit – 7, 8 y 9
Fecha de vencimiento: 15/11/2024
Por último, la Afip aclara sobre el primer anticipo de Ganancias, que no se encontrarán habilitados el débito automático y el pago telefónico mediante tarjetas de crédito, ni la opción de débito a través de cajeros automáticos.
Cabe recordar que el anticipo de Ganancias para autónomos se estima en función de la liquidación anterior del impuesto y sobre ello se establecen cinco cuotas mensuales del 20 por ciento. Al finalizar el período se completa el saldo en función del impuesto determinado para el período actual.