Así lo indicó la Afip, entre otras estas entidades que fueron incorporadas al conjunto de sujetos no alcanzados por el régimen de percepción a cuenta de los impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales por las operaciones con moneda extranjera.
La Administración Federal de Ingresos Públicos incorporó a entidades sin fines de lucro y cooperativas entre los sujetos no alcanzados por el régimen de percepción a cuenta de los impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales, por las operaciones realizadas en moneda extranjera.
Así, este tipo de organizaciones dejarán de pagar la percepción del 35 por ciento por las operaciones alcanzadas por el Impuesto Para una Argentina Inclusiva y Solidaria (PAIS).
La medida fue formalizada a través de la Resolución General 5123/2021 publicada este lunes en el Boletín Oficial, en donde se dispone que "no se encontrarán alcanzadas por el régimen de percepción las entidades enunciadas en los incisos b), d), e), f), g), l) y p) del artículo 26 de la Ley de Impuesto a las Ganancias, texto ordenado en 2019".
Con ello, precisó que las entidades beneficiadas son las asociaciones deportivas y de cultura física; las entidades religiosas; las instituciones internacionales sin fines de lucro con personería jurídica y con sede central en la Argentina.
También las asociaciones, fundaciones y entidades civiles de asistencia social, salud pública, caridad, beneficencia, educación e instrucción, científicas, literarias, artísticas, gremiales y las de cultura física o intelectual, entre otras.
El requisito para obtener este beneficio es que aquellos sujetos cuenten con el certificado de reconocimiento de la exención en el impuesto a las Ganancias vigente, de acuerdo con lo previsto en la Resolución General 2681.