La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) determinó que ambos productos no pueden ser identificados en forma fehaciente y clara como producidos o elaborados en un establecimiento determinado.
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) prohibió la venta de dos marcas de aceite de oliva por irregularidades en su fabricación.
Mediante la disposición 9416/2024 y 9408/2024, publicada este martes en el Boletín Oficial, el organismo determinó que ambos productos no pueden ser identificados en forma fehaciente y clara como producidos o elaborados en un establecimiento determinado.
“Prohíbase la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional, y en las plataformas de venta en línea del producto rotulado como ‘Aceite de oliva virgen extra marca Olivares, de primera prensada y con extracción en frío, elaborado y envasado por Finca Olivares, provincia de La Rioja, RNE 02-351993 - RNPA 02-751603’”, sancionó la disposición 9408/2024.
Acto seguido, se detalló que la medida surge por “carecer de registros sanitarios de establecimiento y por estar falsamente rotulado al exhibir en sus rótulos registros sanitarios inexistentes, resultando ser en consecuencia un producto ilegal”.
Previamente, el Sistema de Información Federal para la Gestión del Control de los Alimentos (SiFeGA), a través de la Coordinación Provincial de Salud Ambiental de la provincia de Río Negro, había consultado a la administración sobre el producto, lo que derivó en la investigación mediante la cual se conoció que no cumplía con los registros.
Además, la Anmat consideró que la prohibición de ser elaborado en el país y expendido en el territorio se debe también por “tratarse de un producto que no puede ser identificado en forma fehaciente y clara como producido, elaborado y/o fraccionado en un establecimiento determinado”.