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Arca modificó el régimen para devolver los saldos del Impuesto Pais

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (Arca) modificó este martes el régimen excepcional de devolución de saldos a favor correspondiente al Impuesto Para una Argentina Inclusiva y Solidaria (Pais). Así quedó plasmado en la Resolución General 5669/2025 publicado hoy en el Boletín Oficial con la firma del titular del organismo recaudador, Juan Pazo.

Allí se establecieron cambios en los períodos de declaración que los agentes deberán tener en cuenta. Con este cambio, los agentes de percepción y liquidación del tributo podrán exteriorizar saldos correspondientes no solo a diciembre de 2024 y los tres primeros meses de 2025, sino también al mes de abril del corriente año.

“Que por razones de administración tributaria se estima oportuno extender el plazo para que los referidos agentes de percepción y liquidación exterioricen los mencionados saldos a favor del Impuesto para una Argentina Inclusiva y Solidaria (Pais)”, mientras que las percepciones sobre Ganancias y Bienes Personales, permanecerán inalteradas.

La medida responde a las necesidades de administración tributaria detectadas tras la finalización de la vigencia del Impuesto Pais el 22 de diciembre pasado. El fin del impuesto que aplicaba un 30 por ciento sobre las compras con tarjeta en dólares, afectaba el momento en que se realizaba la operación cambiaria, es decir, cuando se adquiría la divisa para pagar el consumo. El tributo alcanzaba a casi 11 millones de usuarios que realizaban operaciones en dicha moneda.

De esta manera, todo aquel que había realizado compras en dólares antes de la fecha de caducidad del impuesto, pero cuyos resúmenes de tarjeta de crédito vencían después, no abonarían este tributo. No sucedía lo mismo con las compras realizadas con tarjetas de débito, que sufrían el recargo si una compra había sido concretada hasta las 24 horas del 22 de diciembre.

Para que los agentes que ingresaron percepciones en exceso y no podían aplicar los saldos a futuras declaraciones del gravamen eliminado, Arca había instrumentado un sistema de compensación que autorizaba a compensar esos montos con obligaciones vinculadas al Impuesto sobre los Créditos y Débitos en Cuentas Bancarias y Otras Operatorias.

Para hacerlo el plazo corría hasta marzo de este año y ahora Arca lo extendió un mes más.

No se alteraron sin embargo los procedimientos para la devolución, lo que implica presentar el formulario de declaración jurada F.744, correspondiente a los períodos de diciembre de 2024 y enero a abril de 2025, utilizando el Sistema de Control de Retenciones (Sicore).

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