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Licencia de conducir: Qué cambios considera hacer el Gobierno

Luego de que días atrás desreguló el transporte de pasajeros, el Gobierno ahora piensa avanzar sobre la Verificación Técnica Vehicular (VTV) y el registro de conducir.

Según dijo el ministro de Desregulación, Federico Sturzenegger, antes de que termine el año podrían determinar que los registros de conductor tengan períodos de vencimiento más extensos que los actuales. En la actualidad, el máximo son 10 años.

El gobierno impulsa una nueva ley para modernizar y agilizar el trámite para obtener y renovar la licencia.

Por otro lado, Sturzenegger anticipó que también podrían avanzar con que la VTV se pueda realizar en talleres o en las concesionarias.

Las personas que deben realizar la VTV
La Verificación Técnica Vehicular (VTV) había entrado en dudas sobre su verdadera efectividad y transparencia, tanto que se empezó a mencionar su eliminación y la obligatoriedad de hacerla, pero se empezaron a gestar cambios en los controles de seguridad mecánica y emisión de los vehículos, además de excepciones.

La revisión continúa en pie: examina aspectos clave como frenos, suspensión, neumáticos, luces y sistemas de emisión de gases.

Y si el vehículo aprueba la inspección, se le otorga una oblea que le permite circular por un período determinado, asegurando su aptitud para transitar.

Sigue siendo obligatoria en el país aunque existen actualmente algunas excepciones que liberan a ciertos autos de este trámite, como ser:

Vehículos destinados a servicios municipales: los autos y camionetas usadas exclusivamente para servicios públicos municipales no tienen que pagar la VTV, aunque deben someterse a la revisión técnica.

Unidades del cuerpo de bomberos: los vehículos pertenecientes a los bomberos están exentos de abonar el costo de la VTV, pero deben pasar la inspección técnica obligatoria.

Autos de personas con discapacidad: los propietarios con Certificado Único de Discapacidad (CUD) están exentos del pago de la VTV, aunque la revisión técnica sigue siendo obligatoria.

Jubilados, pensionados y personas mayores de 65 años: los titulares que sean jubilados, pensionados y perciban hasta dos haberes mínimos jubilatorios, así como aquellos mayores de 65 años que cumplan con el requisito de ingresos, también están exentos del pago del trámite.

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