El Poder Ejecutivo remitió a la Cámara de Senadores un proyecto de Ley que establece que las entidades financiadoras de servicios de salud, de adhesión obligatoria o voluntaria, de nivel nacional, provincial o municipal, están obligadas al pago de los servicios prestacionales de salud que reciban sus beneficiarios, afiliados o empadronados en cualquiera de los efectores que integran la red pública provincial de salud, confirmó AIM.
La iniciativa que ingresó en la Cámara Alta y pasó a las comisiones de Salud Pública y Drogadicción y de Presupuesto y Hacienda.
En los fundamentos, el Ejecutivo explicó que “se hace necesario poder establecer un sistema provincial adecuado que permita encausar en lo sucesivo la implementación de un mecanismo eficiente para la facturación, pago y gestión de cobro extrajudicial y judicial a entidades financiadoras de servicios de salud derivados de la atención de sus afiliados en efectores que integran la red pública sanitaria provincial”.
La medida responde a que “debido a la Ley bases para la reconstrucción de la economía argentina, el gobierno nacional dispuso diversas medidas orientadas a la desregulación de la actividad económica, eliminando posibles barreras o restricciones y que en caso de los servicios de salud, consideró que la función de la Superintendencia de Servicios de Salud derivó en demoras e ineficiencias en la adecuada tramitación de la facturación por servicios de salud realizadas por los hospitales y centros de salud públicos”, se explicó.
Ahora el texto quedó a disposición de los senadores, para ser analizado en comisiones.