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Política
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Entre Ríos adherirá al etiquetado frontal para evitar suspicacias de empresas

Ingresó en la Cámara de Diputados un proyecto de Ley por el que se busca que Entre Ríos se pliegue a la Ley Nacional de etiquetado frontal, respecto de todos los alimentos que sean elaborados o comercializados en el territorio provincial, confirmó AIM.

En la primera sesión ordinaria del 144 período legislativo, que se realizará la semana próxima, tomará estado parlamentario la iniciativa de la diputada Verónica Rubattino por la que Entre Ríos se adherirá formalmente a la Ley nacional 27642 de etiquetado frontal, que permite al consumidor tener información necesaria sobre la composición nutricional de un alimento y, en su caso, las consecuencias que ello podría eventualmente tener sobre su salud y la de sus afectos a cargo.

La iniciativa surgió ante la confusión existente por la autoridad de aplicación, ya que si bien la norma nacional establece que el Poder Ejecutivo (Nacional) determinará quién controlará, serán las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Caba) las autoridades locales de aplicación, ejerciendo el control y vigilancia.

“Entendemos que ante la confusión de si es necesaria o no, una norma de adhesión, por el principio de Organización Federal, consideramos que sí, máxime cuando pueden existir productos como los mencionados por la referida normativa, que eventualmente pueden ser fabricados y comercializados en nuestra provincia”, fundamentó en los argumentos la legisladora.

Qué dice la Ley de etiquetado frontal
Entre sus objetivos, la norma señala que lo que se busca es garantizar el derecho a la salud y a una alimentación adecuada de la población, a través de la promoción de una alimentación saludable, brindando información nutricional simple y comprensible de los alimentos envasados y bebidas analcohólicas, para promover la toma de decisiones asertivas y activas, y resguardar los derechos de las consumidoras y los consumidores.
Así, la norma permite al consumidor obtener la información necesaria para tomar una decisión respecto de los alimentos a consumir y, si ello tendrá o no, un impacto positivo o negativo en su salud: “Se resguardan así derechos consagrados en el art. 42 de la Constitución Nacional y, de manera específica, se afronta un problema de salud pública, cual es el del consumo excesivo de azúcares, grasas y sodio, lo cual se asocia a las enfermedades no transmisibles que más afectan a la población: el sobrepeso u obesidad, la diabetes, la hipertensión arterial, y las enfermedades vasculares, cardíacas, cerebrales y renales”.

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