Ingresó en la Cámara de Senadores un proyecto de Ley por el que dispone “de carácter transitorio las normativas provinciales, dictadas en el marco de Emergencia Sanitaria, que se oponen a la legislación provincial vigente”, confirmó AIM.
La iniciativa impulsada por el senador Horacio Amavet legitima la transitoriedad de normativas que se oponen a la legislación vigente por parte de los tres poderes del Estado en el marco de la emergencia sanitaria dispuesta por el Decreto 297/20 al que adhirió Entre Ríos.
En ese marco, establece que a los 30 días posteriores al levantamiento del estado de Emergencia Sanitaria, se deberán regularizar “los procedimientos” y “volverá a regir por lo dispuesto legislativamente”. En ese marco, se establece “el restablecimiento en todos sus términos de los procedimientos legales y administrativos, al estado previo a la declaración de Emergencia Sanitaria”.
En los fundamentos, el senador argumentó que el espíritu del proyecto de Ley es “evitar que normativas que han surgido en situación de emergencia y de un procedimiento irregular, no dispuestos en la Ley procesal civil y comercial de la provincia, y ‘fuera de los caminos establecidos’ se tornen en legislación permanente básicamente no respetándose Garantías Constitucionales entre otras la División de Poderes”.
Estado de excepción por el Covid-19
Precisamente, el legislador aclara que “deviene de la inusitada expansión del Covid-19, que ha puesto a la mayor parte de los países del mundo frente a enormes desafíos cuyos impactos son aún difíciles de prever, obligando a adoptar medidas atípicas y extraordinarias para enfrentar la pandemia”, y en este contexto, el DNU 260 del Poder Ejecutivo Nacional “decretó la Emergencia Sanitaria en todo el territorio argentino, y dio inicio a una serie de decretos y normativas que se vienen sancionando, tanto a nivel nacional como provincial y municipal, desde los distintos poderes y organismos estatales, que se justifican en el marco de la situación actual”, explicó el senador.
En ese sentido, el legislador precisó que “se dictan normas en un escenario de excepción, lo que significa que caben restricciones de derechos de los ciudadanos, incluso de derechos fundamentales y libertades públicas, se utilizan mecanismos que no está muy claro cuál es su valor jurídico, por ejemplo, firmas electrónicas en los distintos procesos judiciales, se dictan muchas normas y se hace un uso intensivo de decretos y acordadas”.
Sin embargo, se aclara que “es necesario establecer una fecha de perención de dichas normas, dado que se encuentran afectados y vulnerados derechos fundamentales, lo cual es justificado en estado de Emergencia, pero que no pueden continuar vigentes más allá de la finalización de la misma”.