Cinco senegaleses fueron detenidos luego de ser reprimidos por miembros de la infantería de la nueva policía de la Ciudad de Buenos Aires, informó a AIM el representante de los vendedores ambulantes en la CTA, Omar Guaraz, quien detalló que “fueron golpeados, heridos con balas de gomas, rociados con gas pimiento para luego detenerlos”.
En horas de la tarde del jueves, al igual que los dos días, cinco vendedores ambulantes de origen senegalés “sufrieron una persecución planificada para ser encarcelados”, dijo el dirigente a esta Agencia y subrayó que la Policía “desplegó toda la violencia contra nuestros compañeros”.
Según indicó Guaraz, uno de los detenidos aún continúa hospitalizado, y el resto fueron esposados y recluidos dentro de los patrulleros.
“Luego del desalojo de 2017 en el barrio de Once, en Capital Federal, los vendedores senegalés resisten, como otros trabajadores de Flores, el lugar que más vendedores alberga en la ciudad”, especificó.
Guaraz manifestó a AIM que para justificar la detención ilegal, fueron acusados por Ley de Marcas.
Qué dice la Ley
La norma dice que no pueden ser registrados:
- a) una marca idéntica a una registrada o solicitada con anterioridad para distinguir los mismos productos o servicios;
- b) las marcas similares a otras ya registradas o solicitadas para distinguir los mismos productos o servicios;
- c) las denominaciones de origen nacionales o extranjeras.
Se entiende por denominación de origen el nombre de un país, de una región, de un lugar o área geográfica determinados que sirve para designar un producto originario de ellos, y cuyas cualidades y características se deben exclusivamente al medio geográfico. También se considera denominación de origen la que se refiere a un área geográfica determinada para los fines de ciertos productos.