El Departamento Ejecutivo Municipal (DEM) de Gualeguayhcú ultima detalles del proyecto de ordenanza que castigará con "multas millonarias" a los responsables de las fiestas ilegales en la Capital del Carnaval.
"El Estado tiene el deber de garantizar el bienestar y la salud de la población, implementando las medidas de protección que sean necesarias para su cumplimiento", expresaron desde el bloque de concejales oficialista. Al tiempo que aclararon que "esta contravención municipal, establecida en la ordenanza, podrá convivir con el delito federal, sin incurrir en incompatibilidad alguna". Entonces, además de la intervención del Juzgado Federal, las fiestas se castigarán con multas económicas.
Definición de "fiestas clandestinas"
Se consideran de esa manera aquellas reuniones que superen el máximo de personas dispuesto por el Poder Ejecutivo Nacional durante la pandemia; no posea la habilitación municipal correspondiente; sea realizada tanto en espacios abiertos como cerrados, públicos como privados; tenga como finalidad la diversión, el esparcimiento o la socialización en forma eventual y esporádica; se reproduzca o no música, ya sea grabada o ejecutada en vivo; en los casos en que el ingreso sea tanto oneroso como gratuito; se expenda o no bebidas alcohólicas, y cuente o no con servicio de lunch.
Las multas
"Los montos que se proponen para las infracciones tienen directa relación con el peligro que generan estas fiestas clandestinas para la vida y la salud de un indeterminado número de personas, que no alcanzan sólo a los concurrentes, sino principalmente a todos aquellos que tengan algún contacto con aquellos", argumentaron.
La iniciativa plantea la imposición de multas tanto a los organizadores como a los propietarios del lugar y a los "responsables solidarios". En este último grupo será considerada "cualquier persona que proporcione bienes, insumos o recursos necesarios para el desarrollo de la fiesta clandestina". Y propone multas máximas superiores a los cinco millones de pesos.
Clausuras
Asimismo, aclaran que en casos en los que la fiesta sea en un comercio, salón de fiestas u otro emprendimiento comercial privado, se le podrá aplicar la clausura por un plazo de 180 días. En todos los casos, se pondrá en conocimiento a las autoridades judiciales a los fines de que tomen las medidas pertinentes. Y, respecto al dinero recaudado, establece que "tendrá como destino exclusivo la ayuda a los sectores de la cultura y el turismo", dos de los más golpeados por la pandemia.
Fuente: El Día