La abogada Delma Abt, quien interviene en la causa en representación de la parte querellante, solicitó ante el Juzgado Federal N.º 1 de Concepción del Uruguay el procesamiento de Juan Padilla García Hamilton, presidente de la empresa El Carmen S.A., en el marco de una investigación por presunta contaminación ambiental.
La causa está caratulada “Marsilli, Néstor Oscar s/Infracción Ley 24.051” y tramita bajo el expediente FPA N.º 0006467.
El pedido de la querella se fundamenta principalmente en las últimas pericias realizadas por la Prefectura Naval Argentina. Según sostiene la presentación, los estudios volvieron a detectar parámetros de contaminación por encima de los valores guía establecidos para distintos puntos de muestreo.
Entre los parámetros que habrían registrado valores superiores a los permitidos se encuentran la conductividad, la demanda química de oxígeno, los fosfatos y la dureza. En otra de las muestras también se habrían detectado valores elevados de demanda química de oxígeno y sólidos sedimentables.
Para la querella, estos resultados se suman a otros estudios incorporados durante la investigación y permiten sostener la hipótesis de una situación de contaminación que se habría prolongado en el tiempo.
Según consta en la presentación, los líquidos provenientes de la actividad industrial de El Carmen habrían impactado sobre el arroyo Alpargatas, curso de agua que forma parte de la cuenca del arroyo Mandisoví Chico y que, por derivación de la cuenca, tendría vinculación con el río Uruguay.
La acusación sostiene, además, que el presunto impacto ambiental no se habría limitado a los cursos superficiales de agua, sino que también habría alcanzado las napas subterráneas de la zona.
En ese sentido, otro de los aspectos señalados en el escrito está relacionado con el abastecimiento de agua de vecinos del lugar y, particularmente, con la situación de la Escuela Primaria N.º 12 Manuel Belgrano, donde —según se afirma— se habría utilizado agua proveniente de esas napas.
También lo pidió la Fiscalía
Uno de los datos judiciales relevantes del expediente es que el pedido de procesamiento no habría sido formulado únicamente por la querella.
La fiscal federal Josefina Minatta también solicitó el procesamiento de Juan Padilla García Hamilton. De este modo, tanto la representación de la parte querellante como el Ministerio Público Fiscal habrían considerado que existen elementos suficientes para avanzar en esa dirección dentro de la investigación.
En su presentación, la abogada Delma Abt sostiene que, a esta altura del proceso, la reiteración de los resultados obtenidos en las pericias permite considerar acreditada, con el grado de probabilidad propio de esta etapa procesal, la existencia de un hecho que podría constituir un delito de contaminación ambiental y la presunta responsabilidad de García Hamilton en su carácter de presidente de la empresa.
La querella encuadra los hechos en los artículos 55, 56 y 57 de la Ley 24.051 de Residuos Peligrosos, además del artículo 200 del Código Penal.
Cuestionamientos por una medida judicial
La presentación también cuestiona la conducta del empresario frente a una medida ordenada por la Justicia: la realización de un informe socioambiental.
De acuerdo con lo expuesto por la querella, personal de Gendarmería Nacional habría intentado concretar la entrevista en tres oportunidades, sin poder llevarla adelante. Posteriormente, el Juzgado habría efectuado un nuevo requerimiento para establecer día y horario para la realización del informe.
La querella invoca, además, los principios preventivo y precautorio establecidos por la Ley General del Ambiente y el artículo 41 de la Constitución Nacional, que reconoce el derecho de todos los habitantes a gozar de un ambiente sano y establece el deber de recomponer el daño ambiental.
Qué implica el pedido de procesamiento
El planteo de la querella y de la Fiscalía no implica, por sí mismo, una condena ni determina de manera definitiva la responsabilidad penal del empresario.
El procesamiento es una resolución judicial que, en caso de ser dictada, supone que el juez considera que existen elementos suficientes para continuar el proceso penal con una persona formalmente vinculada a los hechos investigados.
Será, en definitiva, el Juzgado Federal N.º 1 de Concepción del Uruguay el que deberá resolver si corresponde avanzar con el procesamiento solicitado.