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Qué significa y cuáles son los alcances del nuevo protocolo de interrupción del embarazo

El ministro de Salud de la Nación puso en vigencia nuevamente una reglamentación para la interrupción voluntaria del embarazo, tras lo cual surgieron algunas dudas respeto a su trascendencia, así como fue cuestionado por sectores anti-derechos. Desde la Campaña por el Derecho al Aborto Legal, Seguro y Gratuito en Entre Ríos explicaron que el mismo actualiza procedimientos sanitarios y marcos de amparo legal, señalaron a AIM. Aclararon que no modifica el Código Penal.[{adj:47754 size-full}]En su primer resolución como titular de la cartera sanitaria, el ministro Ginés González García restableció el protocolo para la atención integral de las personas con derecho a la interrupción legal del embarazo (ILE), que había tenido una fugaz vigencia en el gobierno saliente de Mauricio Macri. Las marchas y contramarchas abrieron dudas. Es por eso que desde la Campaña por el Derecho al Aborto Legal, Seguro y Gratuito en Entre Ríos, María Elena Ale, aclaró a esta Agencia que la vigencia “significa la actualización de una guía médica, sanitaria, en cómo llevar adelante una ILE con nuevas recomendaciones médicas de la Organización Mundial de la Salud del mes de septiembre. Es una guía de actualización científica de abortos seguros. También lo que hace es unificar en un solo documento. Todas las actualizaciones del Código Civil, específicamente lo que habla el artículo 26º sobre la autonomía progresiva de las niñas (de menores de edad) que se incorporar y también las cuestiones de identidad de género”, detalló.

La militante feminista reiteró que el protocolo “lo que hace es marcar buenas prácticas de salud; habla de la objeción de conciencia en establecimientos es personal pero no institucional, y que no puede ser obstáculo para que una personas encuadrada en lo que establece el Código Penal desde 1921 vigente en la Argentina, y por el cual Corte Suprema de ha expedido, se ponga en riesgo la vida su acceso al derecho cuando sea víctima de violación. Es simplemente eso, es una medida sanitaria. No innova sobre el Código Penal, pero sí hace a las buenas prácticas sanitarias dentro del sistema de salud nacional. Por eso hay que quitarle dramatismo. No se está legislando como se había dicho, ni mucho menos. Acá hay que diferenciar muy bien lo que es la excepción como lo establece el artículo 86º del Código Penal”.

Alé reiteró que “este protocolo es una actualización del protocolo vigente desde 2015. Y que también cumple lo que la Corte estableció en 2012 deben actualizarse periódicamente para asegura la mejora calidad de atención. Al margen de que cada provincia adhiera o no, los distintos profesionales saben lo tiene que hacer para garantizar estos derechos. Esto es una actualización científica y del marco normativo vigente”, machacó para agregar: “Es una guía sanitaria de cómo proceder para saber cuáles son los parámetros más eficaces y de calidad”, y lo diferencio de la lucha por innovar sobre el Código Penal. “Las luchas por el aborto seguro y gratuito tiene que ver con los abortos voluntarios”, precisó.

 

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