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Afip simplifica la presentación y el pago del impuesto sobre la renta financiera

Los ahorristas que hayan percibido hasta 200.000 pesos de rentas el año pasado podrán pagarlo con un VEP y sin presentar DDJJ. También habrá una declaración sencilla en la que solo se deberá declarar cada inversión en forma abreviada.[{adj:9875 alignright}]

La Administración Federal de Ingresos Públicos (Afip) implementará dos nuevas opciones para simplificar la presentación y el pago del impuesto sobre la renta financiera surgido de la reforma tributaria. En primer término, los ahorristas que hayan percibido hasta 200.000 pesos de rentas el año pasado podrán generar un volante electrónico de pago (VEP) en cuatro pasos sin la necesidad de presentar una declaración jurada. Cabe recordar que el impuesto se aplica a los intereses obtenidos por más de 66.917,91 pesos.

La resolución general 4488/2019, que explicará cómo utilizar este mecanismo, se publicará mañana en el Boletín Oficial.

La segunda opción, que regirá para todos los contribuyentes, es una declaración jurada simplificada en la que solamente se deberá declarar cada tipo de inversión en forma abreviada. Por ejemplo, en un solo renglón se informarán los rendimientos del año 2018 de todos los plazos fijos que pueda haber tenido un contribuyente.

Esta segunda alternativa, que resultará muy útil para aquellos ciudadanos que tengan una gran cartera de inversiones, se podrá utilizar desde el 27 de este mes, una vez publicada la respectiva resolución general.

La tercera, ya vigente, es la declaración jurada convencional del impuesto, en la que los contribuyentes deberán incluir en forma detallada cada uno de los rendimientos que obtuvieron el año pasado. En este caso, para facilitar la presentación, la Afip precargará en forma automática todos los datos disponibles en la opción "Nuestra parte" en la página web del Organismo. El impuesto, creado por la ley 24.730 y reglamentado por los decretos 976 y 1170 del 2018, determina una alícuota del 5 por ciento para las rentas generadas en moneda nacional sin cláusula de ajuste y del 15 por ciento en divisas.

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