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Economía
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El Gobierno convocó al Consejo del Salario para el 18 de julio

El Gobierno nacional convocó al Consejo del Salario Mínimo, Vital y Móvil (Smvm) para el próximo 18 de julio, a las 14:30, de manera virtual. El encuentro será encabezado por el subsecretario de Trabajo, Martín Huidobro.

En un escenario inflacionario, se espera que los representantes de gremios busquen compensar el costo de vida, que fue del 4,2 por ciento en mayo y se espera haya cerrado en el cinco por ciento en junio.

El Consejo reúne a representantes de empleadores y sindicales con el objetivo de fijar el valor del sueldo mínimo y el monto de la prestación por desempleo. Si no hay acuerdo entre las partes, lauda el Gobierno.

En la última reunión del Consejo, el Gobierno terminó fijando el valor del salario mínimo de abril y mayo 2024 ante la falta de acuerdo entre representantes empresarios y sindicales.

A partir del 1 de abril de 2024, el salario mínimo fue establecido en 221.052 pesos para todos los trabajadores mensualizados y en 1.105,26 pesos por hora para los jornalizados, según la resolución 9/2024. Representó un aumento del nueve por ciento en relación con los 202.800 pesos de marzo.

En tanto, a partir del 1 de mayo de 2024, el Smvm pasó a 234.315,12 pesos para los trabajadores mensualizados y a 1.171,58 pesos por hora, lo que a su vez representó un incremento del seis por ciento con relación a abril y un 15,54 por ciento respecto de marzo.

La inflación a mayo fue del 71,9 por ciento, mientras que el Smvm se incrementó un 50,2 por ciento (pasó de 156.000 pesos a 234.315 pesos). Representa un deterioro del 12,7 por ciento.

El salario mínimo incide en los trabajadores registrados mensualizados o jornalizados que cobran menos del salario mínimo mensual o por hora. Y de manera indirecta se toma como referencia sobre los trabajadores no registrados o informales.

Quienes se jubilaron con 30 o más años de aportes (sin recurrir a las moratorias) tienen derecho a cobrar el 82 por ciento del sueldo mínimo.

En tanto, la prestación por desempleo se fijó en el equivalente a un 75 por ciento del importe neto de la mejor remuneración mensual, normal y habitual del trabajador en los seis meses anteriores al cese del contrato de trabajo que dio lugar a la situación de desempleo.

En ningún caso la prestación mensual podrá ser inferior al 50 por ciento del salario mínimo ni superior al 100 por ciento del salario mínimo.

Por los despidos, el número de trabajadores cesanteados que están cobrando esta Prestación o seguro de desempleo empezó a subir desde fines del 2023 y durante estos meses de 2024 por la caída de la actividad en el sector privado.

SALARIO MÍNIMO VITAL Y MÓVIL

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