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Economía
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Eliminaron el Impuesto a la Transferencia de Inmuebles

La Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos y el paquete de medidas fiscales publicadas el lunes en el Boletín oficial por el presidente Javier Milei declararon la emergencia pública en materia administrativa, económica, financiera y energética por un año.

A través de los decretos 592 y 593, el Poder Ejecutivo promulgó la ley aprobada por el Congreso que delegó facultades al Poder Ejecutivo para realizar la reforma en el Estado.

Con esto, quedó eliminado el Impuesto a la Transferencia de Inmuebles, que establecía un gravamen del 1,5 por ciento para el traspaso de las propiedades.

La eliminación del ITI para las Personas Humanas, sucesiones Indivisas y las personas que hacen operaciones inmobiliarias en forma individual rige para las adquisiciones efectuadas antes del 1/1/2018, mientras que las propiedades adquiridas luego de esa fecha no pagarán ningún impuesto al momento de ser vendidos.

La derogación del ITI es de aplicación total e inmediata
El Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires emitió un comunicado donde indicó que "la Derogación del ITI es de aplicación total e inmediata".

"Con la publicación de la Ley 27.743 de “Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes” o “paquete fiscal” en el Boletín Oficial, se derogó -con vigencia a partir de las 0 horas del día de hoy, lunes 8 de julio de 2024- la Ley 23.905, que regulaba el Impuesto a la Transferencia de Bienes Inmuebles de Personas Físicas y Sucesiones Indivisas", señala el comunicado y aclara que "no hay retroactividad del impuesto cedular para las personas humanas, dado que la reforma de finales de 2017 así lo dispuso".

Los propiedades que fueron vendidos después del 1 de enero de 2018 seguirán tributando el impuesto cedular (15 por ciento de Ganancias sobre el resultado de la venta menos el costo actualizado).

La Ley Bases incluye la declaración de la emergencia pública, la reforma del Estado, las privatizaciones de las empresas y sociedades de propiedad total o mayoritaria estatales, entre otras medidas. Se publicó hoy en el Boletín oficial, lo que ya la habilita a entrar en vigencia.

Boletín Oficial

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