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El Cofema contra la política ambiental de Milei

Los especialistas reclamaron a los legisladores la revisión de las modificaciones que el Gobierno busca aplicar en normas clave que afectan a los bosques nativos y los glaciares, entre otras problemáticas.

Este jueves, el Consejo Federal de Medio Ambiente (Cofema) publicó una declaración en línea con los reclamos por el retroceso ambiental que implican los cambios que quiere hacer el Gobierno a través del DNU 70/2023 y la Ley Ómnibus en materia ambiental. “Nos preocupa la extranjerización de bienes naturales”, enfatizaron.

Las autoridades ambientales de todo el país solicitaron a los legisladores nacionales de ambas Cámaras del Congreso de la Nación a revisar la claridad de la normativa que modifica al menos tres leyes estratégicas para el cuidado del ambiente. Asimismo, destacaron que no hay lugar para el debate y que “no puede considerarse el silencio como una autorización tácita”.

Es que las reformas que planea instrumentar el gobierno suponen una fuerte desregulación y desfinanciamiento de los aspectos ambientales en la Argentina: habrá cambios en la ley de quema, la ley de protección de bosques nativos y la ley de glaciares. También se establecerá un mercado de carbono.

Las reformas ambientales que el gobierno debe analizar según el Consejo de Ambiente

“Tanto el DNU como el proyecto de Ley Ómnibus en discusión en el Congreso implican modificaciones sustantivas a los marcos jurídicos vigentes en materia ambiental. Así, resulta oportuno poner en conocimiento de la sociedad y de los representantes legislativos, la voluntad de las autoridades ambientales de todo el país”, introduce el comunicado del Consejo y detalla los puntos a considerar:

- En materia de bosques nativos, manifestamos que se debe garantizar el financiamiento de la Ley 26.331 a través de la expresión de una meta presupuestaria concreta, respecto del porcentaje que se destinará al Fobosque;

- En relación con el mercado de derecho de emisiones de Gases de Efecto Invernadero (GEI), se deberá precisar en la norma la autoridad de aplicación, los sectores que estarán incluidos en el régimen de este mercado, el tipo de gases que se tendrán en cuenta, el método de asignación de los derechos de emisiones y el método de aplicación de las penalizaciones;

- En cuanto a la Ley 26.562 de Presupuestos Mínimos de Protección Ambiental de Control de Actividades de Quemas entendemos que no puede considerarse el silencio como una autorización tácita;

- En relación con la Ley 26.639 de Presupuestos Mínimos para la Preservación de los Glaciares y del Ambiente Periglacial, resulta indispensable respetar los procesos de debate previo sobre las definiciones de ambientes glaciares y periglaciares.

- Sobre la Ley 26.737, de Protección al Dominio Nacional sobre la Propiedad, Posesión o Tenencia de Tierras, vemos con preocupación que pueda significar un proceso de extranjerización de los bienes comunes naturales y una afectación a la soberanía nacional, así como a las posibilidades de las provincias de preservar áreas estratégicas.

Fuente: TN

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