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Fijaron límites en los requisitos para acceder a pensiones por invalidez

El Gobierno oficializó este lunes, con la publicación en el Boletín Oficial, una resolución que limita las condiciones requeridas para acceder a las pensiones por invalidez.

La decisión fue tomada luego de que los primeros resultados de una auditoría realizada en la base de datos de los beneficiarios constatara que había “inconsistencias alarmantes”.

En las primeras 10.900 pensiones que relevó un equipo de la Agencia Nacional de Discapacidad (Andis), entre más de 330.000 otorgadas en la región metropolitana, el Gobierno detectó que la mayoría de los beneficiarios de la pensión no vive donde había declarado y menos de la mitad cumple con los requisitos para acceder a esa prestación.

“La auditoría será sobre el 100 por ciento del padrón de beneficiarios”, había anticipado ese organismo antes de comenzar la revisión.

“Va a ser uno por uno. No podemos cometer el error de sacarle la pensión a quien le corresponde. Citaremos a todos y la evaluación será con criterio médico y socioeconómico. Habrá instancias de verificación”, amplió, entonces, el equipo a cargo de Diego Spagnuolo.

Fundamentos del decreto
“La pensión no contributiva por invalidez laboral se encuentra sujeta a revisión y/o auditoría médica y socioeconómica, y podrá pedirse su revalidación según lo determine la Autoridad competente”, cita el artículo 3 del decreto 843 publicado este lunes en el Boletín Oficial.

Según los fundamentos del Gobierno para limitar los requisitos, “al convalidarse, en forma generalizada y sin recaudo alguno, la utilización de fondos destinados a quienes por su incapacidad se ven imposibilitados para trabajar, en personas que no presentan tal condición” se dilapidan recursos del Estado.

“En consecuencia, resulta necesario restablecer los requisitos de encontrarse incapacitado en forma total y permanente y de no poseer un vínculo laboral formal ni estar inscripto en el Régimen General y/o Simplificado vigente para poder acceder a la correspondiente pensión”, se añadió en el decreto.

Las autoridades que auditaron la información indicaron que “la falta de localización de un alto porcentaje de pensionados y de casos con numerosas incompatibilidades son las principales pruebas del fraude que representaría un desvío de fondos estimados entre US$1200 y US$2000 millones al año”. Algunos ejemplos de irregularidades detectadas: el hijo de un pensionado contó que su padre se encontraba en Egipto “desde hacía meses” y una mujer “intentó hacerse pasar por su esposo fallecido, de lo que no había registro en los sistemas del Estado”.

Los requisitos actualizados
Encontrarse incapacitado en forma total y permanente: se presume que es total cuando la invalidez produzca una disminución del 66 por ciento o más en la capacidad laborativa. Este dato se informará mediante la presentación del Certificado Médico Oficial (CMO) y su documentación médica respaldatoria, en el que deberá indicarse patología y grado de incapacidad, suscripto por profesional médico de establecimiento sanitario oficial o de la Andis. El Certificado contemplará las condiciones de salud, los detalles de las causales de incapacidad laboral y el contexto socioeconómico del solicitante.

No poseer un vínculo laboral formal ni encontrarse inscripto en el Régimen General y/o Simplificado vigente.

Acreditar la identidad, edad y nacionalidad mediante el Documento Nacional de Identidad.

Ser argentino nativo o naturalizado y residir en el país. Los naturalizados deberán contar con una residencia continuada en el país de por lo menos tres años anteriores al pedido del beneficio.

Boletín Oficial

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