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La Afip restablece controles en el sector minero para evitar maniobras de evasión

La Administración Federal de Ingresos Públicos (Afip) restableció mecanismos de control para el sector minero que habían sido desmantelados durante el gobierno anterior, de cara a las inversiones que espera traccionar el sector en los próximos años.

Por medio de la Resolución General N° 5.333/2023, publicada este martes en el Boletín Oficial, se vuelve a obligar a Proveedores de Empresas Mineras y a Titulares de Permisos de Exploración o Cateo a inscribirse en el Registro Fiscal de Empresas Mineras, algo que había sido derogado con las Resoluciones Generales N° 4.442 y 4.502 del 2019. Desde ese entonces, solo estaban alcanzadas las empresas dedicadas a actividades mineras, pero no proveedoras ni titulares de permisos.

En ese sentido, el administrador federal de Ingresos Públicos, Carlos Castagneto, adelantó que se profundizará fuertemente la fiscalización sobre el litio con el fin de desbaratar posibles maniobras de evasión fiscal: "No habrá perdón para quiénes evadan con los recursos naturales. Tenemos una red de empresas que actúan en holding para no pagar impuestos. Si miramos la recaudación del sector a través de los distintos años, siempre mantenemos el mismo estándar: no mejoramos, ni empeoramos", dijo el titular del organismo.

Por otra parte, se crearán regímenes de retención de IVA y Ganancias para proveedores mineros, y para los titulares de permisos de exploración y cateo, un régimen de información y de retención de Ganancias. Las alícuotas serán del 10,5% o 21%, dependiendo, entre otras cuestiones, de la inscripción del sujeto retenido en el Registro Fiscal y su condición de inscripto en el impuesto.

Los sujetos incumplidores serán encuadrados en una categoría que implique un mayor riesgo de ser fiscalizado, según lo previsto en el "Sistema de Perfil de Riesgo (SIPER)". El plazo para la inscripción en el "Registro" será hasta el 10 de mayo de 2023, inclusive.

La aplicación de los regímenes de retención de los impuestos al valor agregado y a las ganancias regirá a partir de los pagos perfeccionados a partir del 16 de mayo de 2023, inclusive. El cumplimiento del régimen de información de titulares de derechos de exploración o cateo: información correspondiente a la primera presentación cuando se trate de incorporaciones al "Registro" hasta el 31 de agosto de 2023 y primer semestre de 2023 hasta el 30 de septiembre de 2023, inclusive.

"Es fundamental el trabajo articulado entre la Dirección General Impositiva, la Dirección General de los Recursos de la Seguridad Social y la Dirección General de Aduanas. La minería no es algo a futuro, es el presente. Tenemos que tomar una matriz de riesgo y sacar normativas para esta actividad. El futuro está acá y no se lo pueden llevar", advirtió Castagneto.

La medida busca restablecer herramientas de control y fiscalización desmanteladas durante el gobierno anterior y evitar maniobras abusivas del sector minero que afecten la recaudación impositiva, en el marco de la expectativa generada en torno a la actividad para los próximos años.

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