La Comisión de Seguridad Interior y Narcotráfico de la Cámara de alta del Congreso de la Nación llevó delante de forma virtual la primera de las sesiones que evaluarán los treinta años de vigencia de la Ley Nº 23.737 de Tenencia y Tráfico de Estupefacientes. En dicho encuentro se escuchó la palabra de seis funcionarios del sistema de justicia que trabajan día a día en la aplicación de plexo normativo y todos coincidieron en que el paradigma a tratar en lo inmediato es la despenalización de la tenencia con fines de consumo personal conforme lo dispuesto por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el fallo “Arriola” (2009), supo AIM.
Cabe aclarar en éste sentido que el texto sancionado en el año 1989 prevé en el segundo párrafo del artículo 14, una pena de un mes a dos años a la tenencia con fines para consumo personal, atento a su “escasa cantidad y demás circunstancias”. No obstante, esto hay que recordar que en el año 2009 el máximo tribunal de nuestro país declaró la inconstitucionalidad de dicho párrafo, atendiendo principalmente al argumento de que el citado tipo penal vulneraba la esfera privada de las personas protegida por el artículo 19 de la Constitución nacional.
Esto marcó nuevamente un cambio de visión en nuestro ordenamiento, atento a que retomó el criterio que ya había adoptado la misma Corte en 1986 en el fallo conocido como “Bazterrica”. Sin embargo, algunos pocos años después se sancionó el texto en cuestión y legisló en contrario de lo dispuesto por el Tribunal en dicho antecedente. Más aún en 1990 el fallo “Montalvo” volvió a penalizar la tenencia para consumo. Criterio que imperó hasta el fallo “Arriola” de 2009.
Sin embargo, más allá de que el criterio actual de la Csjn es no penalizar la tenencia para consumo, el dr. Diego Iglesias, actual titular de la Procuraduría de Narcocriminalidad de la Procuración General (Procunar), mostró gráficos oficiales que marcan otra cosa: “a más de 10 años del fallo Arriola el 40 por ciento de las causas iniciadas por drogas en la Justicia Federal se vinculan con éste tipo penal”. Incluso explicó que, con leves variaciones, este porcentaje se ha mantenido en los últimos nueve años.
En este sentido aseguró: “nos genera mucha preocupación, no sólo desde la cuestión constitucional sino desde la asignación de recursos”, atento a la necesidad de canalizar los esfuerzos materiales que hoy se “pierden” en perseguir la tenencia para consumo, en prevención con abordaje desde el punto de vista sanitario. “El fallo Arriola en el punto uno declara la inconstitucionalidad y en el punto dos ordena la reasignación de recursos”, insistió.
El segundo en exponer fue el fiscal a cargo de la Procunar NOA, el dr. Eduardo Villalba. Éste hizo especial hincapié en las ventajas de trabajar de forma coordinada entre los fiscales de la Justicia Federal y las justicias provinciales, destacando los avances que en los últimos años ha permitido esta forma de trabajo: “a partir del 2015 a la fecha tenemos verdaderos narcotraficantes que están privados de su libertad, incluido un juez federal que era parte del problema”, en clara referencia al Dr. Raúl Reynoso, quien fuera condenado en 2019 a 13 años de prisión efectiva por connivencia con el delito de drogas mientras ocupaba la titularidad del Juzgado Federal de Oran, provincia de Salta.
Cómo otro punto a destacar reconoció las ventajas a la investigación que, según él, permite el sistema acusatorio: “hemos podido sacarle el jugo a la ley de drogas con las técnicas especiales de investigación”. Hay que aclarar que el citado sistema aún se encuentra en implementación parcial en nuestro país a nivel federal, pero que las provincias del norte ya cuentan con su plena vigencia.
Quien continuó con la palabra fue la dra. Liliana Navarro, actual presidenta de la Cámara Federal de Apelaciones de la Provincia de Córdoba y creadora del observatorio de lucha contra el narcotráfico del mencionado órgano. Ella se diferenció de los dos oradores que la precedieron en lo relativo a que la justicia provincial tenga competencia en materia de drogas: “dividir las causas entorpece las grandes investigaciones” e incluso, en igual sentido, aseguró que por esto en su provincia hay problemas con la colaboración de la policía cordobesa en procesos federales de drogas.
Seguidamente fue el turno del dr. Flavio Ferrini, actual fiscal federal de primera instancia de Corrientes, quien en igual línea que todos los oradores instó a los legisladores a despenalizar la tenencia para consumo y puso foco sobre la recientemente sancionada Ley 27.350 que regula la investigación del uso medicinal del cannabis (marihuana) criticando que aún se penaliza en la legislación vigente al cultivo con fines medicinales: “con su entrada en vigencia en 2017 no se ha resuelto esta problemática y los que cultivan con fines medicinales siguen estando a merced de la justicia penal”.
Posteriormente fue el turno del Dr. Hugo Greca, juez federal de General Roca (Río Negro). El magistrado puso foco en dos cuestiones: la primera fueron los importantes avances que permitió la implementación de un sistema de denuncias anónimas en su provincia, “el mejor policía es el vecino”, aseguró. Y como segundo tema innovador propuso incorporar un nuevo verbo típico en la norma 23.737: “dentro del artículo cinco de la ley de drogas falta incorporar “comprar” droga con fines de comercialización”, visto que –según él- esto ha traído algunos problemas a la hora de dictar sentencias condenatorias.
Otro tema destacable que tocó el juez de Río Negro fue la necesidad de agilizar el proceso que permite al Estado disponer y subastar los bienes incautados en estos procesos. La actual legislación retrasa la plena disposición hasta la sentencia condenatoria, lo cual demora varios años desde que son secuestrados, por lo que van perdiendo valor. Y en atención a esto último también agregó que no obstante “el bien tutelado en la ley de drogas es la salud pública, quien comete este delito no está pensando en dañar a otro, sino en ganar dinero. Quienes cometen estos delitos muchas veces se saben investigados y no les importa porque saben que en el peor de los casos cuando cumplan su condena, salen y disfrutan de lo recaudado”, por lo que pidió una revisión “desde la fase económica” de la ley.
Finalmente, las exposiciones cerraron con la intervención del dr. Mario Juliano, integrante del Tribunal en lo Correccional de Necochea, quien introdujo a la discusión la revisión de las penas de cumplimiento efectivas para los delitos de venta en cantidades pequeñas: “para fines de 2019 el 14 por ciento de la población penitenciaria bonaerense era de narcomenudeo y prácticamente la mitad de las mujeres privadas de libertad están recluidas por este delito”. Es por esto impulsó “la necesidad de una reforma inmediata del artículo cinco, inciso C de la ley que posibilite en el caso del comercio minorista la aplicación de penas de cumplimiento condicional que permitan la reinserción social y laboral de estas personas dedicadas al narcomenudeo”. Es decir, pidió que se prevea mínimas por debajo de los tres años, atento a que hoy lo legislado va de cuatro a 15.
Asimismo, coincidió con sus predecesores en la ampliación de lo previsto en la ley de uso medicinal del cannabis de 2017 y profundizó sobre la no criminalización de la tenencia para consumo personal: “si se produce la despenalización deberán preguntarse los legisladores como harán los usuarios para obtener la sustancia, es importante que el Estado analice y vea otras experiencias, como lo que ocurre en Uruguay donde hace tres años hay un mercado regulado de cannabis. El Parlamento argentino debe confiar en la madurez del pueblo argentino”, cerró.
Concluida la sesión, el presidente de la Comisión, senador Dalmacio Mera (Frente de Todos – Catamarca) anticipó que el debate continuaría durante el mes de manera virtual.