El rechazo al proyecto de ley que posibilitaría la venta de bienes inmuebles de la provincia a través de la creación de una Agencia Administradora y los efectos negativos que esto tendría en el sistema de humedales del Delta entrerriano, fue explicado a AIM por Jorge Oscar Daneri, miembros de la Asociación Argentina de Abogadas y Abogados Ambientalistas. “Nos oponemos a que se delegue por parte de la Legislatura funciones y competencias constitucionales propias en dos funcionarios de la Administración de Bienes del Estado”.
Consideró que “este proyecto de ley tiene que tener una expresa exclusión del sistema de humedales que protege especialmente la Constitución provincial, donde el Delta es una de las partes más importantes pero no la única, sino que influye en todo lo que son los pequeños, medianos y grandes deltas y predeltas que tiene Entre Ríos desde el propio Paraná medio en el norte hasta todo lo que son diversas áreas de la cuenca de los ríos Uruguay, Gualeguaychú y Gualeguay”.
En ese sentido, “nos oponemos a que no se pongan cláusulas prohibitivas expresas de exclusión de los sistemas de humedales deltas de la provincia y del gran Delta en particular, y también de otros bienes naturales del dominio público y privado del Estado, del pueblo de Entre Ríos -bosques, montes- y particularmente las áreas del dominio público en corredores bioculturales o biológicos en las riveras de arroyos y riachos que han sufrido una apropiación privada injustificada y que, por lo tanto, si hay que priorizar algo es reglamentar la Ley de Línea de Rivera y Riesgo Hídrico de la provincia que tiene más de 20 años sin reglamentación, así como la Ley de Comités de Cuenca”, explicó Daneri a esta Agencia. “Nos oponemos a que se delegue por parte de la Legislatura funciones y competencias constitucionales propias en dos funcionarios de la Administración de Bienes del Estado, creemos que tiene que seguir funcionando la Legislatura en cuanto a su rol constitucional, por lo tanto esta delegación es inconstitucional desde nuestro punto de vista”.
Por los antecedentes que hay, proyecto de ley y Ley de Arroz Sociedad Anónima del año 2012, analizó Jorge Daneri, “todo apunta dentro del contexto nacional y provincial a la privatización en grandes corporaciones, particularmente del agronegocio de exportación y de apropiación privada de los puertos –tendencia que se viene dando desde el menemismo en adelante-. Esto se frenó en 2012 en Entre Ríos, pero no nos sorprendería que se quiera volver sobre ese escenario, por eso aplicamos y ejercemos públicamente, abiertamente, el principio preventivo y precautorio en este escenario”.
Los impactos, en palabras del economista ambiental Walter Pengue, serían “llevar y habilitar la pampeanización del sistema de humedales más importante de la Argentina de agua dulce que provee y que garantiza el acceso al derecho humano al agua por parte de la mayor concentración poblacional de la República Argentina ni más ni menos. Es el tercer centro de mayor diversidad biológica de la Argentina, con el Paraná medio y el Delta argentino reúne áreas naturales protegidas de excelencia que aún se encuentran, infelizmente, desprotegidas, casi aproximadamente el 80 por ciento de su superficie sin equipamiento, sin presupuesto y solamente con el destacar a la dirección de Áreas Naturales Protegidas desde hace cuatro años y medio a la fecha con las salientes autoridades, Alfredo Berduc hijo, y ahora con Pablo Aceñolaza que garantizan por lo menos una particular solvencia profesional”.
Destacó Daneri que “la demarcación de estas áreas en la gestión anterior fue relevante y ayuda a frenar este tipo de iniciativas; pero los impactos en los reinos de vida, en la diversidad biológica y en la cultural de estos territorios sería muy fuerte y geométrico porque implicaría la privatización para la producción pampanización, como si fuera tierra firme y se transformaría a través del sistema de endicamientos, muy probablemente, en una pampa que vacíe, que seque los humedales del Delta”.
Sobre el mejor modo de protección, señaló Jorge Daneri, “el ejemplo que se está dando desde hace aproximadamente dos años es la conformación de los planes de gestión ambiental de las áreas naturales protegidas del Delta como se ha hecho en el gigante ejido de humedales de Victoria en su zona deltáica. El avanzar con la construcción de estos planes, como también se ha hecho en el sitio Ramsar del Delta en esta parte más amplia del Pre Delta y del sitio del Parque Nacional Islas del Delta de la provincia de Santa Fe, y que conforman el sitio Ramsar Delta de Argentina, es relevante. El avanzar territorialmente con ordenanzas que autorizan ciertos usos y prohíben otros, pero todo esto de manera profundamente democrática”.
Al respecto recordó una experiencia ya realizada que se llamó Delta Sustentable “que construía un proyecto de ley específico para la protección de Delta. Tiene que ser retomado, enriquecido y poder sancionarse. Mientras tanto, hay que destacar un proyecto que en su momento destacó la exdiputada María Emma Bargagna donde se declaraba la emergencia ambiental del Delta en función de todos estos escenarios, hasta tanto se sancione una ley específica de ordenamiento ambiental territorial específico del Delta”.
Desde la Asociación Argentina de Abogados y Abogadas Ambientalistas, destacó Jorge Daneri, “va a seguir delicadamente y con mucho foco este proyecto de ley a los efectos de que lo que estamos peticionando se cumpla y se excluya expresamente lo que hemos mencionado”.