Las autoridades del Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos (Stjer) elevaron un proyecto de Ley a la Cámara de Senadores por el que buscan que el Poder Judicial le cobre un “canon mensual” al Agente financiero “en razón de los saldos disponibles de todas las cuentas bancarias judiciales abiertas por disposiciones de los jueces y las juezas provinciales en los juicios que tramitan en sus juzgados”, confirmó AIM.
La iniciativa que tomó estado parlamentario pasó a la comisión de Presupuesto y Hacienda de la Cámara Alta.
En los fundamentos, el Stjer argumentó que se propone la creación de nuevos recursos a partir del cobro de un importe mensual al Agente Financiero por el uso que realiza de los fondos existentes en las cuentas judiciales activas, igual al que percibe la Corte Suprema de Justicia de la Nación (Csjn) por aplicación de la Ley N°23.853, que establece que, entre los recursos con los que cuenta el Poder Judicial de la Nación, se encuentra el cobro al Agente Financiero por el uso de los fondos depositados en las denominadas cuentas judiciales, abiertas y administradas a instancia de los magistrados.
“La posibilidad de utilización de los recursos creados en la presente ley permitiría al Stjer afrontar debidamente los compromisos devengados y solucionaría o coadyudaría a resolver ciertas contingencias de índole financiero, reforzando la independencia económica y financiera como poder del Estado”, precisaron en los fundamentos.
¿Qué pasa actualmente?
Cabe recordar que en Entre Ríos, las cuentas bancarias judiciales no forman parte del Fondo Unificado de Cuentas Oficiales (Fuco), por lo que no se pueden usar como aval o garantía máxima para la disposición de fondos por parte de Administración Pública y tampoco se percibe retribución o canon por las mismas, siendo que el Agente Financiero, dispone y usa de dichos saldos para obtener beneficios propios de su actividad, no solo por préstamos otorgados sino también para todo tipo de operaciones e inversiones bancarias y financieras (compras de títulos, moneda extranjera, acciones, etc.).
Además, desde la implementación del sistema de Carga y Emisión de Órdenes de Pagos Electrónicas, conforme Acuerdo Complementario – Sitio WEB Cuenta Judiciales – firmado entre el Stjer y el Nuevo Banco de Entre Ríos S.A., los organismos judiciales proceden a cargar en el sitio Web las correspondientes Ordenes de Pago ordenando al Banco su pago de forma electrónica en reemplazo de los viejos “cheques judiciales”. Esta iniciativa, si bien incorporó nueva tecnología implica para los organismos judiciales una nueva tarea, principalmente de control, mientras que beneficia al Agente Financiero con menores costos operativos al eliminar la presencia del beneficiario en líneas caja, por el menor movimiento de efectivo en sucursales, por la menor disponibilidad de personal, etc.
¿Cómo sería el canon y para qué?
El canon sería del 50 por ciento de la diferencia de la tasa activa de la institución bancaria y las tasas pasivas devengadas por operaciones de Plazo Fijo, ajustables o no. Los recursos deberán ser depositados en los primeros 20 días corridos de vencido cada mes.
Los fondos específicos serán “propios del Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos”, y podrán ser afectados “a su presupuesto de gastos e inversiones”.