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Política
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Músicos callejeros en defensa del espacio público

El gobierno porteño envió un proyecto de ley a la Legislatura para modificar el actual Código Contravencional y que las fuerzas policiales tengan un mayor poder de acción -o represión- sobre los artistas callejeros. La iniciativa, que se encuentra en tratamiento en comisiones, recibió el rechazo de los músicos, quienes se manifestarán los días 3 y 10 de julio, porque “tenemos que defender nuestro derecho a expresarnos, difundir y trabajar en los espacios públicos que nos pertenecen a todos como comunidad”, informaron a AIM desde Trabajadores Tango Danza.

Músicos callejeros en defensa del espacio público
Músicos callejeros en defensa del espacio público

El Gobierno de Horacio Rodríguez Larreta intenta modificar el actual Código Contravencional para así dar una mayor libertad de acción a las fuerzas policiales contra los artistas callejeros.

Esta iniciativa plantea sus argumentos sobre la penalización de "ruidos molestos", y ahí quieren encasillar a los músicos que toquen en la calle.

En el Código vigente, la acción de la Policía es “dependiente de instancia privada”: alguien debe denunciar con su nombre y apellido para que las fuerzas de seguridad puedan proceder.

En cambio, con la modificación que quiere hacer el jefe de Gobierno Porteño, Horacio Rodríguez Larreta, se agrega un agravante por medio de la figura de “ruidos molestos provenientes de la vía pública”. A partir de este cambio, “la acción se establece como pública, sin que dependa de instancia privada”.

“No es nueva la postura del gobierno porteño contra los artistas, quienes son constantemente criminalizados y perseguidos por la policía local. Ahora, lo quieren llevar a una instancia superior, en medio de un país en plena crisis económica y con muchísimos problema sin resolver”, indicaron a AIM músicos callejeros.

En ese marco, los Trabajadores Tango Danza informaron a AIM que se suman al reclamo los martes 3 y 10 de julio, porque “como artistas y trabajadores tenemos que defender nuestro derecho a expresarnos, difundir y trabajar en los espacios públicos que nos pertenecen a todos como comunidad. Que no nos arrebaten este derecho”.

Qué dice el proyecto

El proyecto de ley supone la criminalización del arte callejero, manifestaciones en la vía pública y clausuras para los espacios culturales.

La iniciativa, presentada por el Poder Ejecutivo en la Legislatura Porteña, amenaza con modificar el régimen contravencional que regula la actividad artística y política en la vía pública y de los espacios culturales.

En primer lugar, propone una modificación en las facultades de coacción directa por parte de la policía (es decir, llevar a alguien detenido/a).

En el código actual, art. 19 de la ley 12 de Caba dispone que la policía sólo puede usar la fuerza pública en casos de una contravención flagrante (y que además sea grave), sólo luego de una advertencia y si la persona persiste en la conducta.

La modificación elimina la posibilidad de la advertencia, y autoriza a las autoridades a llevarse detenida a una persona que esté haciendo algún ruido molesto, sin advertencia y sin posibilidad de bajar el volumen o hacer cesar la actividad.

El proyecto propone asimismo, una modificación al artículo puntual de ruidos molestos (art. 85 Ley 1472), agravando las sanciones para los casos en que el sonido provenga de la vía pública, autorizando a que el juez imponga sanción de prisión de uno a cinco días a los presuntos infractores. También establece que estas infracciones ya no serán de instancia privada, y el Estado podrá perseguir a quien entienda que realiza los ruidos, aun cuando no exista denunciante o el mismo retire la denuncia.

Finalmente, modifica las sanciones para todos los establecimientos que realicen actividades que puedan generar ruidos. No solo aumenta las multas, sino que además agrega la sanción de clausura. Esto es particularmente grave ya que la jurisprudencia del Tribunal Superior de Justicia ha dicho que pueden existir ruidos molestos aun cuando no se superen los decibeles permitidos por la normativa. La existencia de ruidos molestos queda entonces determinada por la subjetividad de quien denuncia sin contar con la referencia de criterios objetivos.

 

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