Ingresó en la Cámara de Diputados un proyecto de Ley por el que se dispone la creación de espacios para la lactancia en la administración pública provincial centralizada, descentralizada, organismos autárquicos y el Poder Legislativo, confirmó AIM. La propuesta tiende “a posibilitar a las trabajadoras que, habiéndose reincorporado luego de la licencia por maternidad, extraer la leche materna y conservarla durante el horario laboral o amamantar a sus hijos durante el horario de trabajo mientras dure el período recomendado para la lactancia materna -dos años-, sin que ello ocasione perjuicios en sus remuneraciones”.
El texto que pasó a comisión para ser analizado por los diputados fija que los organismos “deben poseer un ambiente acondicionado y digno para los Espacios para la Lactancia, siendo obligatoria las siguientes características: área privada que brinde comodidad a las madres trabajadoras para extraer su leche sentadas o amamantar a sus hijos; contar con una mesa, un sillón y una heladera en la que la madre pueda amamantar o extraer su leche y almacenarla refrigerada durante la jornada laboral; estar equipado con un lavabo para facilitar la higiene previa y posterior; y deberá disponer de cartelería y folletería informativas sobre métodos de extracción y conservación de la leche materna y beneficios del amamantamiento”.
La iniciativa fue impulsada por el diputado justicialista y secretario general de la Unión Personal Civil de la Nación (Upcn), José Allende, quien argumentó que una propuesta legislativa de estas características “hace honor al preámbulo de la Constitución Nacional que nos interpela a trabajar por el ‘bienestar general’, fin del Estado, que dejó de ser una proclama para transformarse en una realidad efectiva a partir del proceso de constitucionalismo social iniciado por las constituciones de México -1917- y de Weimar -1919-, claramente incorporados por la Constitución de 1949 en nuestro país y recién ampliados en la reforma constitucional de 1994, en el marco de un Estado de Derecho Constitucional y Democrático, que gracias a la visión de nuestros convencionales no se vió contaminado por el proceso neoliberal iniciado en la Argentina en los años ´90 fruto del consenso de Whasington”.
En ese marco, el legislador apuntó que la Ley Nacional 26.873 de 2013 prioriza la promoción y concientización pública de la importancia de la lactancia materna: “Mediante esta norma el Estado se compromete a impulsar, a través de políticas públicas, la lactancia materna exclusiva hasta los seis meses y la promoción y apoyo a la creación de centros de lactancia materna -entre otras cuestiones”. En ese sentido, precisó que la Ley “compromete al Estado, también en sus facetas provinciales y municipales, a emprender acciones concretas en favor de estos postulados. En este sentido, provincias como Buenos Aires -Ley 2958 de 2009-, Neuquén -Ley 2883 de 2014-, Salta -Ley 2956 de 2016- y Río Negro -Ley 5102 de 2016- cuentan con normas provinciales específicas que mandan la creación de Lactarios en instituciones públicas, haciendo de la letra de la Ley Nacional un hecho contundente. Entre Ríos, por su parte, a través de la Ley 10.423 de 2016 adhiere a la Ley Nacional 26.873 en 2016, profundizando el deseo manifiesto por la pronta implementación de un sistema provincial que asegure, resguarde y promocione la lactancia materna exclusiva”.
Los lactarios “tienen un rol fundamental en la etapa de lactancia ya que la ausencia de estos dispositivos en la actualidad impiden la efectivización de un derecho tan fundamental como la alimentación natural del recién nacido y el desarrollo natural del vínculo madre-hijo a través de la alimentación”.