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La cuarentena no es impedimento para contraer matrimonio

Ante consultas recibidas en la Defensoría del Pueblo de la Ciudad de Paraná sobre el acceso a documentación que emite el Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas de Entre Ríos, se accedió a la información sobre una serie de pasos qué se debe hacer ante la pérdida del DNI, la solicitud de partidas de nacimientos y fallecimientos, así como los trámites de matrimonios y uniones convivenciales.[{adj:86744 alignright}]

Respecto del DNI, se habilitó en forma excepcional -ante la vigencia del aislamiento obligatorio-, “la solicitud y emisión en forma remota de una credencial virtual del Documento Nacional de Identidad”, según publica el Registro Civil en base a la Disposición DI-2020-195-APN-Renaper. Dicha credencial tendrá una vigencia de hasta treinta días corridos posteriores a la fecha de finalización del período de aislamiento social.

Las credencial podrá ser gestionada únicamente por “aquellos ciudadanos mayores de edad que acrediten una situación urgente e impostergable o de fuerza mayor, y que se encuentren comprendidos únicamente en los siguientes casos: a) extravío, sustracción o ilegibilidad de un Documento Nacional de Identidad tarjeta ya emitida; b) un nuevo Documento Nacional de Identidad tarjeta tramitada previamente, de manera presencial por el ciudadano, y que no haya sido recibido por éste”.

La solicitud de la credencial virtual deberá ser efectuada a la casilla de correo electrónico [email protected] , y deberá constar nombre y apellido completo, número de DNI y motivo que acredite la urgencia de la misma. En la página oficial del Registro se cita a https://www.argentina.gob.ar/interior/dni, como fuente de las medidas.

Seguidamente, se remarca que rige una prórroga de la fecha de vencimiento de los Documentos Nacionales de Identidad por el término de hasta treinta días corridos posteriores a la fecha de finalización del período de aislamiento social, previsto en el Decreto N° 297 del 19 de marzo de 2020 o norma que en el futuro lo reemplace o prorrogue, declarando la plena vigencia de los mismos por el plazo indicado.

Para solicitar los trámites de DNI o Pasaporte, el interesado debe pedir turno previo a través de los medios establecidos en la página web: www.entrerios.gov.ar/registrocivil No se realizan DNI exprés.

 

Nacimiento, defunción y matrimonio

 

En cuanto a la gestión de actas de nacimiento, defunción y matrimonio, el organismo informó que a través de su página web http://www.entrerios.gov.ar/registrocivil/index.php?codigo=152&item=pagina_textos&menu=menu&modulo=&accion= se puede obtener información y requerirlas en forma no presencial (por e-mail [email protected]) a través de las siguientes opciones.

1) Actas solicitadas por mail y remitidas por correo postal, a lo que se añade el costo vigente del Correo Argentino para remisión de correspondencia más el costo del acta, conforme tasas del código fiscal de la provincia.

2) Remisión del acta por correo electrónico con firma digital (no imprimible), cuyo costo es netamente el del sellado de ley.

3) El organismo aclara que hay una tercera opción para las oficinas registrales de la provincia, con excepción de Paraná (por la situación epidemiológica y el Decreto Nº 944/2020 GOB). Se trata de la solicitud presencial de actas con turno previo, abonando el sellado de ley.

En la solicitud de actas inscriptas en la provincia de Entre Ríos a través del correo electrónico se prevé un plazo para el envío del trámite de entre 20 y 30 días al domicilio del requirente.

Volver a casarse

El Registro informó que, mediante Resolución 430/20 RC, “las oficinas registrales rehabilitarán el horario normal de trabajo. Se reanuda la celebración de matrimonios e uniones convivenciales pero solo en el ámbito de la oficina los cuales se llevarán a cabo con estricto protocolo de higiene y seguridad dispuesto por este organismo.

Para inscripción de nacimientos los progenitores deben sacar turno previo (turnero digital o telefónico, dependiendo de la oficina) a través de la página web del organismo www.entrerios.gov.ar/registrocivil, dentro de los 40 días corridos del nacimiento. Pasado ese plazo, se inscribe de oficio.

Para inscripción de defunciones, la solicitud debe realizarse en forma presencial dentro de los dos días hábiles de fallecido. Generalmente la gestión la realizan las empresas de servicios fúnebres. En el caso de realizar el trámite los familiares, no necesitan turno previo y es presencial, en la oficina registral de la localidad del fallecimiento.

Ante consultas y reclamos, la Defensoría del Pueblo de la Ciudad de Paraná realiza gestiones de buenos oficios ante el organismo provincial con el fin de encaminar las solicitudes y necesidades de la ciudadanía.

Fuente: http://www.entrerios.gov.ar/registrocivil/index.php

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